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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Miercoles, 04 de agosto de 1999 Pág. 9.993

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 1 de julio de 1999, de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador de pesca fluvial de Galicia 265/97, de Pontevedra.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la entidad que figura en el anexo, la resolución del citado expediente, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia.

Contra la presente resolución, de conformidad con los artículos 107.1º y 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

Santiago de Compostela, 1 de julio de 1999.

Tomás Fernández-Couto Juanas

Director general de Montes y Medio Ambiente

Natural

ANEXO

Procedimiento sancionador Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Expediente: 265/97.

Provincia: Pontevedra.

Denunciado: Enagás.

Último domicilio conocido: Carcabouzas. Sta. María de Xeve. Pontevedra.

Resolución:

Hechos imputados: provocar el enturbiamiento de las aguas continentales, mediante la incorporación al río Perral de agua turbia.

Tipificación: artículo 35.9º de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia.

Resolución: declaración de caducidad del procedimiento sancionador y prescripción de la infracción imputada, ordenando el archivo de todas las actuaciones practicadas.