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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Viernes, 16 de julio de 1999 Pág. 9.249

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 28 de junio de 1999 por la que se crea la Comisión Coordinadora del Plan Integral de Atención Sanitaria y Social a la Mujer.

En general, las mujeres tienen una esperanza de vida mayor que los hombres; sin embargo, una aproximación a esta situación nos permite descubrir que esa mayor longevidad no va acompañada de un mejor estado de salud. También en Galicia, las mujeres viven más años que los hombres, pero esa mayor longevidad está asociada al riesgo de un mayor tiempo de vida con dependencia funcional o con una enfermedad crónica, incluyendo cáncer, demencia y una mayor necesidad de cuidados a largo plazo.

Es preciso poner un mayor énfasis en la prevención y tratamiento de los problemas de salud de las mujeres, particularmente en las condiciones específicas de su sexo, tanto para prolongar la vida, como también para posponer y disminuir dependencias.

En este sentido, la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales elaboró el Plan Integral de Atención Sanitaria y Social a la Mujer, con los siguientes objetivos generales: ser el marco de trabajo para alcanzar una progresiva mejora de la salud de las mujeres gallegas, implicando a todos los profesionales de los centros e instituciones sociosanitarias de Galicia; plasmar los objetivos de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales relativos a la atención de la mujer en el ámbito preventivo, asistencial y de servicios sociales; proponer las diferentes estrategias para alcanzar estos objetivos; desarrollar un plan operativo que priorice las actividades que se van a llevar a cabo y analice los recursos necesarios para su puesta en marcha; obtener el máximo consenso y apoyo de todos los profesionales directamente implicados en el desarrollo de las actividades previstas; alcanzar un alto nivel de coordinación interna, entre los distintos servicios de la propia Consellería de Sanidad y

Servicios Sociales, ya que es un plan transversal que incluye actuaciones que se desarrollarán desde la Dirección General de Salud Pública, la División General de Asistencia Sanitaria, la Dirección General de Servicios Sociales y las delegaciones provinciales de Sanidad y Servicios Sociales.

El desarrollo de los diversos objetivos y estrategias recogidos en el Plan Integral de Atención Sanitaria y Social a la Mujer hace necesaria la creación de una comisión coordinadora del mismo, en la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

En consecuencia, y en el uso de las facultades que me confieren los artículos 36.4º y 38 de la Ley 1/1993, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1998, de 20 de octubre,

DISPONGO:

Artículo 1º.

Se crea la Comisión Coordinadora del Plan Integral de Atención Sanitaria y Social a la Mujer.

Artículo 2º.

La Comisión Coordinadora del Plan Integral de Atención Sanitaria y Social a la Mujer tendrá las siguientes funciones:

1. Desarrollar el plan operativo que priorice las actividades que se van a llevar a cabo.

2. Analizar los recursos necesarios para su puesta en marcha.

3. Facilitar la creación de grupos de trabajo específicos en cada una de las áreas recogidas en el plan.

4. Coordinar y evaluar las diversas actividades y grupos de trabajo formados.

5. Garantizar un adecuado desarrollo de los distintos programas y actividades que abarca el plan.

Artículo 3º.

La Comisión Coordinadora del Plan Integral de Atención Sanitaria y Social a la Mujer estará compuesta por los siguientes miembros:

1. Un asesor técnico nombrado por la Dirección General de Salud Pública, que actuará como presidente de la comisión.

2. Un asesor técnico nombrado por la Dirección General de Servicios Sociales.

3. Un asesor técnico nombrado por la División General de Asistencia Sanitaria.

4. Un técnico del Servicio de Actuaciones Preventivas de la Dirección General de Salud Pública, que actuará como secretario de la comisión.

Disposición final

Única.-Se faculta a la directora general de Salud Pública para tomar las medidas adecuadas en relación a la ejecución y desarrollo de esta orden.

Santiago de Compostela, 28 de junio de 1999.

José Mª Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales