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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miercoles, 14 de julio de 1999 Pág. 9.154

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (7/1999).

Yo, Lorenzo Villalpando Lucas, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Santiago de Compostela, doy fe y certifico:

Que en este juzgado de mi cargo y bajo el nº 7/1999 se sigue juicio de faltas sobre delito contra el orden público en el cual se ha dictado sentencia que contiene el siguiente encabezamiento y fallo:

«Sentencia.

En Santiago de Compostela a dos de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por Rosa del Carmen Collazo Lugo, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de los del partido, los presentes autos de juicio de faltas nº 7/1999, seguidos por conducción de vehículo a motor careciendo de seguro obligatorio, siendo parte denunciante la correspondiente autoridad del tráfico; apareciendo como parte denunciada José Antonio Rojo Bardanca, mayor de edad, en situación procesal de rebeldía, el Ministerio Fiscal se mostró parte.

Fallo.

Que debo condenar y condeno a José Antonio Rojo Bardanca, como autor responsable de una falta de conducción sin seguro, del Art. 636 del Código Penal a la pena de 40 días de multa a razón de 2.000 ptas./día, con arresto sustitutorio de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana; asimismo, deberá abonar el pago de las costas procesales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de cinco días desde su notificación, ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Lo inserto anteriormente concuerda bien y fielmente con su original transcrito al que me remito, y para que conste, a los efectos que procedan y para que sirva de notificación en forma a los denunciados en ignorado paradero José Antonio Rojo Bardanca y José Antonio Rojo Pombo expido, firmo y sello el presente edicto en Santiago de Compostela a once de junio de mil novecientos noventa y nueve.

El secretario

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