De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48.1º de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 48.2º, 49, 50 y 51 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, esta delegación acuerda señalar el día 10 de agosto de 1999, para que el pagador de la entidad beneficiaria Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. proceda a los pagos del justiprecio e intereses, por expropiación e imposición de servidumbres de paso de las instalaciones eléctricas referenciadas a continuación, a los interesados propuestos por la citada empresa como titulares de las fincas que se relacionan, a los que se les dirigirá notificación individual al efecto.
Expediente 202/1997.
Línea eléctrica aérea a 20 kV. C.T. y R.B.T. en el lugar de San Rilo, de la finca número 1 a las 11 horas en la Casa Consistorial de Mugardos.
Expediente 3/1996.
Línea eléctrica aérea a 20 kV desde el C.T. de Cabanas al C.T. de Franza, de las fincas números 17, 33 y 54 a las 13 horas en la Casa Consistorial de Fene.
A Coruña, 16 de junio de 1999.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña