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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Viernes, 09 de julio de 1999 Pág. 8.981

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la notificación del acuerdo de iniciación del expediente sancionador por infracción en materia de espectáculos públicos LU-E 98/1999.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59,4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan, a quienes no ha podido hacerse por correo certificado, los acuerdos de iniciación dictados en los expedientes de sanción, por infracciones en materia de espectáculos públicos; su número se cita seguidamente:

Nombre: Ángel Rodríguez Rodríguez.

DNI/NIF: 46.570.251.

Nº de expediente: LU-E 98/1999.

Precepto infringido: 23-o) en relación con el 26-e) LO 1/1992.

Último domicilio: c/ Almirante Romay 5, 1º D, A Coruña.

Multa máxima: hasta 5.000.000 de ptas. y/o suspensión de la licencia de apertura por el período de hasta 6 meses.

Se designa instructor del expediente al jefe del Servicio de Justicia, Administración Local e Interior, Rafael López Charques y secretaria, a la jefa de Negociado Inés Docando Casanova, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse algún supuesto de los que determina el artículo 29 de la Ley 30/1992 (BOE del 27 de noviembre).

El interesado dispondrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente a la publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente en el Servicio de Justicia, Administración Local e Interior de esta delegación provincial, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o pruebas considere convenientes en defensa de sus derechos, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad, tal como lo establece el artículo 13-d) del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

En caso de que decida no efectuar alegaciones en el plazo indicado, este acuerdo de iniciación podrá

ser considerado como propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del R.D. 1398/1993 (BOE del 9 de agosto), determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

Será competente para la imposición de la sanción el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en Lugo, según lo establecido en la Orden de 26 de septiembre de 1996, de la citada consellería (DOG del 30 de septiembre).

Lugo, 7 de junio de 1999.

Manuel Teijeiro Álvarez

Delegado provincial de Lugo