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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Jueves, 08 de julio de 1999 Pág. 8.800

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 197/1999, de 2 de julio, por el que se declara de interés público la compatibilidad para el ejercicio de actividades docentes con las propias de jefe del Servicio de Vigilancia Radiológica de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

La Xunta de Galicia y el Consejo de Seguridad Nuclear acordaron suscribir, en fecha 15 de noviembre de 1990, la encomienda de funciones del Consejo de Seguridad Nuclear a la Xunta de Galicia, según lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 15/1980, de 22 de abril.

La Xunta de Galicia, según el marco de colaboración entre administraciones públicas, ejerce el control y seguimiento de las actividades que comportan riesgos radiológicos, dispone de información directa sobre los niveles de seguridad de estas, e impulsa proyectos de I+D para el estudio de la radioactividad ambiental natural y de la emanación del gas radón en el territorio de la Comunidad Autónoma.

El Servicio de Vigilancia Radiológica viene desempeñando, asimismo, otras funciones no previstas en el citado acuerdo de encomienda relacionadas con la radioactividad y, además, las operaciones especiales planificadas y rápida respuesta en las emergencias radiológicas acaecidas.

Teniendo en cuenta la trascendencia deste tipo de riesgos y que, por los factores implicados en los mismos, las funciones de control que ejerce el Servicio de Vigilancia Radiológica de la Xunta de Galicia se desarrollan en un entorno de innovación tecnológica constante que requiere una formación técnica específica y una actualización continua sobre las aportaciones en el conocimiento y mejora de la seguridad nuclear y de la protección de las personas y del medio ambiente frente a las radiaciones, es necesario un estrecho contacto con la universidad y con otros expertos a través de sociedades científicas.

Con la finalidad de posibilitar que se lleve a cabo una transferencia ágil de conocimientos necesaria para promover la optimización de la seguridad en las instalaciones, facilitar información a las mismas, fomentar la formación del personal y participar en programas de I+D, se considera oportuno que el titular del Servicio de Vigilancia Radiológica de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, desarrolle la actividad de catedrático de escuela universitaria del área de conocimiento de Radiología y Medicina Física, en la Universidad de Vigo.

De acuerdo con lo expuesto y con lo previsto en el artículo 3.1º de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás disposiciones de aplicación, a propuesta del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública y previa deliberación

del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dos de julio de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.-Se declara de interés público la compatibilidad para el ejercicio de las actividades de catedrático de escuela universitaria, a tiempo parcial, del área de coñecemento de Radiología y Medicina Física, en la Universidad de Vigo, con las propias de Jefe del Servicio de Vigilancia Radiológica de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela a dos de julio de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública