El conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda, mediante Orden de 29 de abril de 1999, resolvió otorgar, con carácter definitivo, á la empresa Viguesa de Transportes, S.A., la concesión de servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera: V-2115; XG-182, Santo Estevo de Negros-Bouzas (Vigo), por sustitución de la concesión V-2115; XG-182, entre Vigo-Aeropuerto de Peinador, con hijuela, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:
I.-Itinerarios y puntos de parada.
-Santo Estevo de Negros, Vilar, Requeixo, Carballal, Parada, Sampaio, Ánimas, Instituto (Avda. Aeropuerto), Travesía de Vigo, Pizarro, plaza de España, Gran Vía, Urzáiz, Colón, Náutico y Bouzas.
II.-Expedicións.
Santo Estevo de Negros-Bouzas.
-Tres expediciones de ida y dos de vuelta de lunes a viernes laborables.
-Una expedición de ida y vuelta los sábados laborables.
IV.-Tarifas.
Tarifa aplicable:
-Tarifa partícipe por viajero/km: 9,728 pesetas.
-Tarifa usuario: 10,409 pesetas.
-Exceso de equipajes y encargos (excluído IVA): 1,4592 pesetas.
Contra el citado acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante la Sala do Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, computados, ambos plazos, a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución. En todo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Santiago de Compostela, 4 de junio de 1999.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general Transportes