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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Martes, 29 de junio de 1999 Pág. 8.324

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 17 de junio de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se anuncia convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto de ejecución del parque eólico denominado Fonte Toxoso. (Expediente 014-EOL).

Por Resoluciòn de 9 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Industria, se autorizaron las instalaciones electromecánicas, se declara la utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución del parque eólico denominado Fonte Toxoso.

Dicha declaración de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, del sector eléctrico, lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

En su virtud, esta delegación provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados, con los cuales no se ha llegado a un acuerdo, que se relacionan en el anexo, para que comparezcan en el Ayuntamiento de Vilalba y Abadín, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación. Las afecciones designadas en la relación de bienes y derechos implican:

Afecciones indicadas como: aerogenerador, superficie de apoyo y sistema colector, superficie ocupada, ocupación de pleno dominio de los terrenos.

Afecciones indicadas como camino, superficie y aerogenerador vuelo, servidumbre permanente de paso con las siguientes limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares, así como plantar árboles y arbustos.

2. Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perjudicar el buen funcionamiento de las instalaciones.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para ejecutar, mantener, renovar o reparar las instalaciones.

Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clases de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar a sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa.

Asimismo, se advierte a todos los interesados afectados que podrán formular alegaciones por escrito en esta delegación provincial hasta el momento del levantamiento de las actas previas, para los únicos efectos de rectificar posibles errores en a relación de bienes y derechos afectados.

De esta convocatoria se dará traslado a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación individual, en la que se le señalará día y hora para el levantamiento de actas.

Esta publicación se realiza igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de los predios propuestos sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación.

En el expediente expropiatorio Desarrollos Eólicos, S.A., asumirá la condición de beneficiaria.

Lugo, 17 de junio de 1999.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo

Planta eólica Fonte Toxoso

Finca nº: 3,7.

Pol: 11.

Propietario, nombre: desconocido.

Domicilio: desconocido.

Cultivo: monte y monte bajo.

Paraje: Toxoso.

Ayuntamiento: Vilalba.

Aerogenerador, superficie, apoyo: 2.736 m.

Aerogenerador, vuelo: 10.013 m.

Camino, superficie ocupada: 23.760 m.

S. Colec., superficie ocupada: 3.717 m.