Advertido un error en la mencionada resolución, publicada en el DOG nº 117, del 21 de junio de 1999, es necesario efectuar las oportunas correcciones:
En la página 7.862, donde dice: «Admisión de variantes: no se admiten», debe decir: «Apertura de las ofertas».
Inmediatamente antes de la fecha, hay que añadir: «otras informaciones: los licitadores deberán justificar su solvencia económica financiera a través de un informe de instituciones financieras, de conformidad con el artículo 16.1º a) de la Ley 13/1995, de 18 de mayo de contratos de las administraciones públicas. Asimismo, la solvencia técnica y profesional se acreditará mediante una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, según el artículo 18 a) de la misma ley».