En uso de las competencias sobre pensiones no contributivas de la Seguridad Social, reguladas por el Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al tener devueltas por el servicio de correos las resoluciones enviadas en su día, se les notifica a los citados en el anexo, la resolución dictada en relación con su expediente de pensión no contributiva por la delegación de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de esta provincia.
Contra esta resolución podrá interponer reclamación previa a la vía de la jurisdicción laboral ante esta delegación provincial dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se publique este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del texto
refundido de la Ley del procedimiento laboral, aprobado por Real decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril.
Vigo, 12 de mayo de 1999.
María Dolores Pan Vázquez
Delegada provincial de Pontevedra
ANEXO
Pensionista: Margarita Pastoriza Bermúdez.
DNI: 35.291.402.
Resolución: extinción del derecho a la pensión no contributiva.
Causa: traslado de su residencia fuera del territorio español, por tiempo superior a 90 días durante el año natural.
Fundamento de derecho: artículo 167 del T.R.L.J.S.S., aprobado por el Real decreto legislativo 1/1994 y artículo 9 en relación con el artículo del R.D. 357/1994.
Cantidad a reintegrar: 277.560 ptas. (1.668,17 euros*).
(* Para esta información ha sido utilizado el tipo oficial de conversión 166,386 ptas./1 euro).