De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución dictada en el expediente por infracción al reglamento de epizootias, Decreto de 4-2-1955.
Para los efectos previstos en el artículo 21 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
ANEXO
Expediente: AG-SA-65/98-PO.
Denunciado: Argimiro Gil Blanco.
Última dirección conocida: A Cruz nº 7, Maceda (Ourense).
Hecho denunciado: carecer de guía de origen y sanidad pecuaria, y sin la debida desinfección del vehículo.
Preceptos infringidos: artículo 217.3º del Decreto de 4-2-1955, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de epizootias de 20-12-1952.
Sanción: 10.000 ptas.
Pontevedra, 25 de noviembre de 1998.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra