La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, en sesión celebrada el día 3 de mayo de 1999, aprobó inicialmente el estudio de detalle de Salgueiriños de Arriba, formulado por los servicios técnicos de Planeamiento y Gestión.
El ámbito objeto de ordenación abarca el de la unidad de gestión número 8 (UG-8) del Plan General de Ordenación Urbana, al que se añaden los terrenos situados al norte de la citada unidad, clasificados como suelo urbano de ordenanza 2, colindantes con la carretera N-550 y con la calle Salgueiriños de Arriba.
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 44.3º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia (LSG), el expediente se somete a información pública durante el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diario
Oficial de Galicia y en un periódico de circulación en la provincia. Durante este plazo, los interesados podrán consultar el expediente en la Sección de Planeamiento y Gestión y formular por escrito las alegaciones que consideren oportunas.
La aprobación inicial de la modificación del estudio de detalle determina, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 34.2º de la LSG, la suspensión del otorgamiento de licencias en el ámbito objeto de ordenación para todos los usos y obras que resulten incompatibles con la ordenación proyectada.
Santiago de Compostela, 28 de mayo de 1999.
Xosé A. Sánchez Bugallo
Alcalde