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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Miercoles, 16 de junio de 1999 Pág. 7.633

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 7 de mayo de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores OU 100/98P y OU 216/98P (pesca-Ourense).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre(BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que se mencionan en el anexo la resolución del expediente sancionador por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y de su reglamento aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de un mes (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para interponer recurso ordinario ante conselleiro de Medio Ambiente, de la Xunta de Galicia, de no ser el caso, ésta será firme todos los efectos.

Ourense, 7 de mayo de 1999.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU 100/98 P.

Denunciado: José Luis Barrio Pérez.

DNI: 10.031.454.

Última dirección conocida: c/ Antolín López Peláez, 29-2º I, Ponferrada ( León ).

Hechos probados: pescar con más cañas de las permitidas.

Precepto infringido y sancionador: artículo 33.4º de la Ley de pesca fluvial.

Sanción: 15.000 pesetas.

Expediente: OU 216/98 P.

Denunciado: Roberto Comesaña Fernández.

DNI: 76.905.666.

Última dirección conocida: c/ Hermida, 54, Pontevedra.

Hechos probados: pescar con dos cañas que distan entre sí 40 metros en el río Arnoia, en Arnoia.

Precepto infringido y sancionador: artículo 33.3º de la Ley de pesca fluvial.

Sanción: 15.000 pesetas.