Visto el texto de la revisión salarial del convenio colectivo Unidad de Vehículos Industriales, S.A. (código convenio 3200722), con entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales suscrito en representación de la parte económica por la empresa y, de la parte social por el comité de empresa, el día 7-4-1999, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autonoma de Galicia en materia de trabajo.
Esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a la representación económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 4 de mayo de 1999.
José Lage Lage
Delegado provincial de Ourense
Unidad de Vehículos Industriales, S.A. (Unvi)
Revisión convenio colectivo 1999
Acta de acuerdo.
En San Cibrao das Viñas, el día 7 de abril de 1999, se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo da la compañía Unvi, S.A. formada por los siguientes miembros:
Por la dirección de la empresa: Javier González Pereira, Juan Manuel Ocampo Salgado y Ramón F. González Doniz.
Por el comité de empresa: Manuel Álvarez González, Narciso Marínez Ojea, Félix Chaudarcas Gómez, Fernando Fernández González y Francisco Núñez Iglesias.
Los negociadores han alcanzado un acuerdo definitivo para la revisión de los puntos comprometidos para el ejercicio 1999, respecto al convenio colectivo suscrito durante el año 1998 con una vigencia de dos años,
Acuerdan:
1. Aprobar las tablas salariales, vigentes a partir del día 1 de nero de 1999, que se acompañan como anexo I a este documento y que son las vigentes a 31 e diciembre de 1998, incrementadas en las siguientes cantidades:
-Un 1,9% correspondiente al IPC de 1998 (1,4%) mnás el 0,5% pactado por los negociadores en el acuerdo final sobre el contenido del convenio.
-4.000 ptas. mensuales procedentes de las que los trabajadores vienen percibiendo por el concepto de retribución voluntaria.
2. Aprobar el complemento de antigüedad que se establece en la tabla que se acompaña como anexo II.
3. Aprobar el incremento de la póliza de seguros en 1.000.000 de ptas. a partir del día 1 de enero de 1999, para todas las contingencias previstas.
4. Presentar este acuerdo y sus anexos en la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, para su inscripción en el correspondiente libro registro de dicha delegación, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
5. Solicitar el depósito del acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la provincia de Ourense.
6. Las partes negociadoras se apoderan recíprocamente para que cualquiera de ellas pueda realizar
las operaciones pactadas en los números anteriores ante el organismo público competente.
7. Una vez redactada y leída el acta de la reunión es aprobada por unanimidad, firmándose la misma por todos los asistentes en prueba de conformidad.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha en el encabezamiento expresados.
Tabla salarial convenio 1999
Categoría Sub-Cat. A Sub-Cat. B
Personal obrero Peón 4.068 3.540 Especialista 4.098 3.570 Oficial de 3ª 4.152 3.623 Oficial de 2ª 4.219 3.690 Oficial de 1ª 4.318 3.789 Trabajador menor 18 años 4.068 3.540
Personal subalterno Almacenero 4.030 3.540 Probador 4.180 3.690 Listero 4.113 3.623 Recepcionista 4.030 3.540 Vigilante 4.030 3.540 Ordenanza 4.030 3.540 Portero 4.030 3.540 Conserje 4.030 3.540 Chófer turismo 4.180 3.690 Chófer camión 4.278 3.789 Telefonista 4.113 3.623
Personal técnico Maestro taller 4.988 4.498 Jefe de taller 5.121 4.631 Encargado 4.988 4.498 Titulado medio 5.121 4.631 Titulado superior 5.329 4.838 Delineante proyectista 4.827 4.338 Delineante de 1ª 4.278 3.789 Calcador-reproductor 4.113 3.623 Delineante de 2ª 4.180 3.690 Controlador 4.180 3.690 Téc. organización 1ª 4.276 3.789 Téc. organización 2ª 4.180 3.690 Aux. organización 1ª 4.113 3.623 Aux. organización 2ª 4.061 3.570
Personal administrativo Aux. administrativo 4.113 3.623 Oficial Admvo. de 1ª 4.278 8.789 Oficial Admvo. de 2ª 4.180 3.690 Viajante o vendedor 4.113 3.623 Jefe Admvo. de 1ª 4.334 3.845 Jefe Admvo. de 2ª 4.278 3.789 Cajero 4.113 3.623 Jefe almacén 4.278 3.789 Jefe contabilidad 4.334 3.845 ATS 5.121 4.631 Traductor idiomas 4.180 3.690 Programador 4.180 3.690 Analista 4.180 3.690
Antigüedad-Quinquenio
Categoría 6% antigüedad
Personal obrero Peón 218 Especialista 220 Oficial de 3ª 223 Oficial de 2ª 227 Oficial de 1ª 233
Categoría 6% antigüedad
Trabajador menor 18 años 218
Personal subalterno Almacenero 216 Probador 225 Listero 221 Recepcionista 216 Vigilante 216 Ordenanza 216 Portero 216 Conserje 216 Chófer turismo 225 Chófer camión 230 Telefonista 221
Personal técnico Maestro taller 271 Jefe de taller 279 Encargado 271 Titulado medio 279 Titulado superior 291 Delineante proyectista 262 Delineante de 1ª 230 Calcador-reproductor 221 Delineante de 2ª 225 Controlador 225 Téc. organización 1ª 230 Téc. organización 2ª 225 Aux. organización 1ª 221 Aux. organización 2ª 221
Personal administrativo Aux. administrativo 221 Oficial Admvo. de 1ª 230 Oficial Admvo. de 2ª 225 Viajante o vendedor 221 Jefe Admvo. de 1ª 234 Jefe Admvo. de 2ª 230 Cajero 221 Jefe almacén 230 Jefe contabilidad 234 ATS 279 Traductor idiomas 225 Programador 225 Analista 225