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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Miercoles, 09 de junio de 1999 Pág. 7.262

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

CÉDULA de 10 de mayo de 1999, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador secretaría 175/1998 por infracciones en materia sanitaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que se menciona en el anexo, con los datos y última dirección conocida, la resolución del expediente sancionador Secretaría 175/1998 por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación

Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña.

Se le hace saber que, de acuerdo con el título VII, capítulo II, sección 2ª, artículos 114 a 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispone del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar recurso ordinario ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales.

En caso de conformidad con esta sanción deberá hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones del Servicio Gallego de Salud número 001-014017-2 del Banco Bilbao Vizcaya, sucursal de Santiago de Compostela.

Para que conste y sirva de notificación al interesado expido, firmo y sello esta cédula, en Santiago de Compostela, 10 de mayo de 1999.

Pilar Farjas Abadía

Directora general de Salud Pública

ANEXO

Expediente: Secretaría 175/1998.

Denunciado: Hosteline, S.L. (Pizza Yet).

Última dirección conocida: Área Central. Polígono de As Fontiñas, Santiago de Compostela.

Hecho denunciado: infracción en materia sanitaria, deficiencias en las temperaturas de conservación, deficiencias en el estado de limpieza y en el control de insectos.

Precepto infringido: R.D. 2817/1983, de 13 de octubre, R.D. 1945/1983, de 22 de junio, R.D. 157/1985, de 11 de julio.

Precepto sancionador: Ley 14/1986 (general de Sanidad).

Sanción impuesta: 400.000 ptas.