Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Miercoles, 09 de junio de 1999 Pág. 7.179

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1999 en desarrollo del Decreto 46/1999, de 11 de febrero, por la que se abre el plazo para realizar la solicitud de integración en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia del personal de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Galicia.

El artículo 10 del Decreto 46/1999, de 11 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la liquidación y extinción de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Galicia y de su consejo general, establece que el personal que el día 1 de junio de 1990 tuviera la condición de empleado fijo y desempeñe en el momento actual efectivamente puesto de trabajo o tuviera derecho a reserva de plaza, de las Cámaras de la Propiedad Urbana de A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Santiago de Compostela y Ferrol, siempre que resulte acreditado documentalmente, podrá integrarse como personal laboral fijo y obtener destino en la Administración de la Comunidad Autónoma.

Seguidamente, en la regla primera de dicho decreto se establece que el personal de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Galicia que deseen integrarse en la Administración de la Comunidad Autónoma realizarán su personal solicitud, acompañada de toda la documentación acreditativa de su derecho y en la que funden su pretensión, en el plazo que al efecto establezca la comisión de integración del personal.

La comisión de integración del personal, creada en el artículo 9 del Decreto 49/1999, de 11 de febrero, en su reunión de 21 de mayo de 1999, adoptó las siguientes previsiones para la presentación de las solicitudes por parte de los posibles interesados, que reuniendo los requisitos exigidos, ejerciten su derecho:

1. La solicitud deberá presentarse, según modelo que figura como anexo I a la presente orden, en el registro general de las consellerías de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, de la Presidencia y Administración Pública, o de Economía y Hacienda, en los de sus delegaciones o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación de la presente orden en el Diario Oficial

de Galicia; con la solicitud deberá adjuntarse necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10, regla primera, los siguientes documentos:

a) Fotocopia cotejada del DNI y documento de afiliación a la Seguridad Social.

b) Fotocopia cotejada del contrato originario y sucesivos, o de nombramiento como personal de la Cámara de la Propiedad Urbana respectiva o, en su caso, del acuerdo de la junta de gobierno de la Cámara de la Propiedad Urbana en la que preste sus servicios.

c) Fotocopia cotejada de las retribuciones mensuales percibidas en fecha 31 de mayo de 1990.

Documento que acredite estar en situación de activo en la Cámara de la Propiedad Urbana respectiva en fecha 3 de marzo de 1999, o bien resolución de excedencia que acredite tener derecho a reserva de puesto de trabajo en dicha fecha.

Fotocopias cotejadas de las titulaciones académicas que se posean.

El cotejo de los citados documentos deberá necesariamente ser realizado por funcionario competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el abono de la correspondiente tasa de compulsa.

2. Las solicitudes irán dirigidas a la presidenta de la comisión para la integración del personal, a la subdirectora de Coordinación Administrativa y Control Presupuestario de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 1999.

Camino Triguero Salas

Presidenta de la Comisión de Integración del Personal de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Galicia