Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Viernes, 28 de mayo de 1999 Pág. 6.528

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación de expediente sancionador P-3/99 (pesca-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la incoación del expediente sancionador, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio de pesca fluvial en Galicia.

Que asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaría a Mercedes Valdés Rodríguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación ninguna

en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el Art. 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto de 1999 BOE 9-8-93.

Pontevedra, 30 de abril de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: 3/99.

Denunciante: Jesús García Farrapeira, enderezo c/ Alegres-O Porriño.

Hechos denunciados: pescar en época de veda y dentro de los límites de un coto sin permiso. Hechos denunciados a las 16 horas del día 20 de enero de 1999, en el río Tea, a su paso por Ribadetea, en el ayuntamiento de Ponteareas.

Fecha del acuerdo de la incoación: 7-4-1999.

Precepto infringido: 34.8º y 34.10º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 50.001 ptas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca durante 1 año, quedando obligado a entregarla en el plazo de un mes en el Servicio de MAN, contado desde que a sanción sea firme.