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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Viernes, 28 de mayo de 1999 Pág. 6.494

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 1999, de la División de Recursos Humanos, por la que se formaliza la convocatoria extraordinaria de los aspirantes a vinculaciones temporales de duración inferior al año, de personal estatutario en las instituciones sanitarias de atención primaria gestionadas por el Servicio Gallego de Salud en la categoría de médicos generales.

En fecha de 10 de marzo de 1997, se publicó en el Diario Oficial de Galicia el pacto sobre vinculaciones temporales de distintas categorías de personal estatutario que presta servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, suscrito en fecha 28 de febrero de 1997, por la Administración sanitaria de Galicia y las centrales sindicales CIG, CC.OO., UXT, CSI-CSIF y SATSE, esta última central en condición de adherida.

En base a dicho pacto se convocó a los aspirantes interesados en la inscripción para vinculaciones temporales en el año 1997, elaborándose el listado de aspirantes de acuerdo con la misma; prorrogado el pacto, en aplicación de su base 3ª, también se formaliza convocatoria en el año 1998.

En este año 1999, al no mediar denuncia alguna de las partes firmantes, se prorroga el pacto por idéntico período de un año, si bien no se prevé en el texto hacer una nueva convocatoria ordinaria.

Con motivo del incremento de las necesidades de vinculaciones temporales en la categoría de médico general durante el verano, lo que supone la indisponibilidad de profesionales de esta categoría en la mayor parte de las áreas, es preciso hacer una convocatoria extraordinaria con las condiciones que se regulan en esta resolución. Tal posibilidad está prevista en la base 5ª de dicho pacto.

Se aprecia también la necesidad de facilitar el acceso a vinculaciones temporales a aquellos profesionales que finalizaron la formación especializada en medicina familiar y comunitaria en el último mes de abril, por lo que esta convocatoria cumple también con este objetivo. Al tratarse de una convocatoria extraordinaria no se aplica la totalidad del baremo con objeto de agilizar la asignación de puntos a cada aspirante; así se prevé únicamente el apartado de formación académica.

Esta convocatoria extraordinaria y las condiciones que la regulan fueron acordadas en el seno de la mesa central de seguimiento del pacto de vinculaciones temporales, en las fechas 16 de abril y 6 de mayo de 1999.

Por ello esta división,

DISPONE:

Primero.-Convocar a los aspirantes interesados en presentar su solicitud de inscripción en las listas de médicos generales por área sanitaria (recogidas en el anexo I de la Resolución de 28 de febrero de 1997 por la que se publica el pacto sobre vinculaciones temporales en el Diario Oficial de Galicia nº 47, del 10 de marzo de 1997) para vinculaciones temporales de duración inferior al año en las instituticiones sanitarias de atención primaria. Dichas listas se confeccionarán en aplicación del citado pacto y serán reguladas por las bases contenidas en el mismo, así como por las disposiciones que se recogen en esta convocatoria extraordinaria.

Así, en el plazo máximo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria, en el Diario Oficial de Galicia deberán presentar la solicitud en el modelo formalizado que se aporta, adjuntando a ella los justificantes de los requisitos exigidos y méritos alegados.

La presentación de las solicitudes resulta requisito imprescindible, en todos los casos, para adquirir la condición de aspirante inscrito en las nuevas listas.

Los modelos de solicitud se facilitarán en las direcciones provinciales del Sergas, en los centros hospitalarios y en las gerencias de atención primaria dependientes de éstas.

Será preciso que los aspirantes acrediten con documentos originales o copias fotoestáticas compulsadas los requisitos y méritos presentados, en los términos previstos en el baremo que se recoge en la disposición tercera.

Segundo.-Los requisitos para ser admitido como aspirante serán los siguientes:

1. No figurar como inscrito en ninguna de las áreas en las listas de médico general para vinculaciones temporales de esta categoría en el Sergas.

2. Poseer el título de médico especialista en medicina familiar y comunitaria o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993.

Tercero.-El baremo aplicable a esta convocatoria extraordinaria será el siguiente:

Baremo:

Formación académica:

La puntuación máxima posible para cada aspirante por el conjunto de méritos de este apartado será de 3 puntos.

1. Estudios de licenciatura:

a) Cada matrícula de honor: 1,5 puntos.

b) Cada sobresaliente: 1 punto.

c) Cada notable: 0,5 puntos.

La suma de las puntuaciones se dividirá por el número total de materias evaluadas, expresando el cociente con los dos primeiros decimales obtenidos.

No se valorarán las materias de idioma, religión, formación política y educación física.

2. Postgrado:

a) Examen de grado (licenciatura): 0,25 puntos.

b) Premio extraordinario: 0,75 puntos.

c) Por la realización de los cursos monográficos de doctorado o del 3º ciclo: 0,25 puntos.

3. Grado de doctor: 1,5 puntos.

La puntuación máxima alcanzada por los conocimientos de postgrado y doctorado reflejados en los apartados 2 y 3, será de 1,5 puntos.

Solamente se valorarán a los efectos de este apartado los expedientes académicos y titulaciones obtenidos en España o en otro país de la Unión Europea.

Cuarto.-Será absolutamente imprescindible para la admisión y, en su caso, valoración de los méritos de los aspirantes, que se adjunten las certificaciones acreditativas de éstos dentro del plazo de presentación de solicitudes. Cualquier certificación presentada fuera del indicado plazo será rechazada y excluida de la valoración, salvo que se acredite documentalmente, junto con la solicitud, que fue solicitada dentro del plazo señalado.

Quinto.-Cada aspirante a los nombramientos de personal facultativo solicitará su inclusión en una sola categoría y área de gestión sanitaria para vinculaciones de duración previsiblemente inferior al año.

En el supuesto en que se detecten duplicidades, a través de los mecanismos de control, se excluirá inmediatamente a los aspirantes incursos en ellas.

Sexto.-Los profesionales que se inscriban en esta convocatoria excepcional figurarán ordenados por la puntuación que resulte de aplicar el baremo recogido en la disposición tercera de esta resolución.

Séptimo.-Los aspirantes que figuren inscritos en las listas de área en virtud de esta convocatoria extraordinaria serán llamados para vinculaciones temporales de duración inferior al año, por su orden, una vez agotada la lista de médicos generales publicada en virtud de la convocatoria ordinaria hecha en el año 1998.

Santiago de Compostela, 19 de mayo de 1999.

Valeriano Martínez García

Director de la División de Recursos Humanos

del Servicio Gallego de Salud