En dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 51, del 15 de marzo de 1999, se regulan las convocatorias de becas para actualización del profesorado respecto a la materia que imparten, ayudas para la formación de profesores en nuevas titulaciones y ayudas para la financiación de estancias de profesores visitantes, estableciéndose en el artículo 3.7º del anexo I y el artículo 3.8º del anexo II que el plazo para la recepción de solicitudes será de 15 días hábiles. No obstante, razones de oportunidad aconsejan abrir un nuevo plazo.
En consecuencia
DISPONGO:
Artículo único.-Se modifican las fechas que figuran en el artículo 3.7º del anexo I y el artículo 3.8º del anexo II de la orden de la convocatoria citada, quedando como sigue:
Se abre un nuevo plazo de solicitudes, que será de 20 días hábiles a partir de la publicación de la presente orden.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 14 de mayo de 1999.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria