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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Jueves, 27 de mayo de 1999 Pág. 6.451

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NEGREIRA

ANUNCIO.

El Pleno del Ayuntamiento de Negreira, en sesión celebrada el día 18 de mayo de 1999, aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal de Negreira, y contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

1. Interponer con carácter potestativo recurso de reposición delante del mismo órgano que dictó este acuerdo dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo.

En este caso (interposición del recurso potestativo de reposición) no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto (Art. 116.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero). El plazo para interponer dicho recurso contencioso-administrativo será:

a) De dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición.

b) Si no fuera expresa la resolución del recurso de reposición, el plazo de interposición del recurso contencioso-administrativo será de seis meses, contados desde el día siguiente a aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado.

2. Interponer directamente recurso contencioso-administrativo delante del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo y de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdición contencioso-administrativa, en relación con el artículo 116.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. Cualquier otro recurso que se estime procedente.

Negreira, 20 de mayo de 1999.

José Blanco Pazos

Alcalde-presidente