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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Jueves, 27 de mayo de 1999 Pág. 6.438

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador C-149/1998 (caza-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la incoación del expediente sancionador, por infracción de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia.

Que asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Mª Teresa Calvo García.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recursarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el Art. 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndole que de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previsto en el Art. 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9).

Pontevedra, 27 de abril de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: 149/98.

Denunciado: Manuel Conde Lorenzo.

Domicilio: lugar Cimadevila-Arcade-Soutomaior.

DNI: 35.870.700.

Hechos denunciados: cazar con dos perros sin licencia, a las 11 horas del día 19-11-1998, lugar A Peneda, término municipal Soutomaior.

Fecha del acuerdo de la incoación: 5-3-1999.

Precepto infringido: 58.2º, de la Ley 4/97, de caza de Galicia.

Precepto sancionador: 61, de la Ley 4/97, de caza de Galicia.

Sanción: 100.001 ptas, retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante 1 año y 1 día.