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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Martes, 18 de mayo de 1999 Pág. 5.881

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 26 de abril de 1999 sobre integración en la escala de Inspección de Turismo creada por la Ley 9/1997, de 21 de agosto.

El Decreto 315/1998, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la inspección turística, determina el procedimiento de integración en la escala técnica de inspección de turismo creada por la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia. Esta norma, en su disposición transitoria segunda, establece los requisitos exigidos para la integración en la escala, señalando que los interesados deberán tener la condición de funcionario/a pertenecientes al cuerpo de gestión de la Administración de la Xunta de Galicia, grupo B; que, a la entrada en vigor del Decreto 315/1998, desempeñen funciones de inspector de turismo, y formular la opción de integración en el plazo de un mes desde su entrada en vigor.

En su virtud, revisadas las solicitudes y documentación presentadas en dicho plazo, la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en el uso de la competencia conferida por la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia.

DISPONE:

Primero.-De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 315/1998, de 12 de noviembre, acreditado que cumple los requisitos exigidos en ella, queda integrada en la escala de inspección de turismo creada por la Ley 9/1997, de 21 de agosto, María Teresa Penide Colomer, con DNI 35.400.623.

Segundo.

a) La funcionaria continuará desempeñando el mismo puesto que ocupa en la fecha de efectos de la presente orden.

b) Esta integración no producirá cambios en la situación administrativa que corresponda a la funcionaria integrada en el momento en que se haga efectiva.

Tercero.-La integración tendrá efectos desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Contra la presente orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podrá impugnar directamente ante, a elección del/de la demandante, el Juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción en la que tenga su domicilio, o el de A Coruña, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 1999.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública