Con motivo de la ausencia temporal del director general de Política Financiera y Tesoro es necesario proveer su sustitución, de manera que se asegure el correcto funcionamiento del servicio y la resolución de los asuntos encomendados a la dirección general de que es titular.
Por lo tanto, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 34.3º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente
DISPONGO:
Artículo único.-El ejercicio de las competencias de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro, previstas en el artículo 8 del Decreto 13/1997, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía y Hacienda, quedan encomendadas al secretario general y del Patrimonio hasta que se reincorpore a su puesto el titular de la citada dirección general.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de mayo de 1999.
José Antonio Orza Fernández
Conselleiro de Economía y Hacienda