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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Martes, 11 de mayo de 1999 Pág. 5.671

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la ampliación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Top Wash, S.L., en el municipio de Arteixo (A Coruña) y se aprueba su proyecto de ejecución. (Expediente 97/265).

Visto el escrito presentado con fecha 20 de abril de 1998 por la empresa Top Wash, S.L. con domicilio para efectos de notificaciones en Avda. de la Prensa, 86, 15142 Arteixo, solicitando la autorización administrativa de la ampliación de una planta de cogeneración a instalar en el municipio de Arteixo y la

aprobación del proyecto de ejecución de la instalación completa, esta dirección general tiene en cuenta los siguientes,

Hechos

Primero.-Por resolución de la Dirección General de Industria de 23 de octubre de 1997, se autorizó a la citada empresa la instalación de una planta de cogeneración de 1.234 kVA, accionada por gasóleo, en su factoría de Arteixo y se incluyó la misma en el régimen especial creado por el R.D. 2366/1994, de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, dictada en desarrollo de la Ley 82/1980, de 30 de diciembre, sobre conservación de energía.

Segundo.-Con fecha de 28 de noviembre de 1997, se incluyó en el mencionado régimen especial una ampliación de la referida planta de cogeneración.

Tercero.-Las características básicas de la planta de cogeneración serán las siguientes:

-Un grupo motor-generador de 1.234 kVA, alimentado por gasóleo.

-Un grupo motor-generador de 1.100 kVA, alimentado por gas natural.

Un centro de transformación formado por dos transformadores de 1.250 kVA y relación de transformación 380/20.000 V.

-Instalaciones de aprovechamiento de calor, interconexión con la línea eléctrica de la compañía distribuidora e instalaciones complementarias de baja tensión, protección eléctrica, mando, señalización y medida.

Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó Resolución de 28 de abril de 1998 por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG de 5-6-1998 y en el BOP de A Coruña de 30-5-1998, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Quinto.-El proyecto está informado favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña y cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y con las demás que le son de aplicación.

Fundamentos de derecho

Primero.-La Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de Autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas.

RESUELVE:

-Autorizar la ampliación de una planta de cogeneración a la empresa Top Wash, S.L., a situar en

sus instalaciones del término municipal de Arteixo, en la provincia de A Coruña.

-Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación.

Cualquier modificación de las instalaciones autorizadas requerirá una nueva solicitud de autorización administrativa, de acuerdo con lo indicado en el decreto 1775/1967, de 22 de julio, que fija el régimen de instalación, ampliación y traslado de las industrias en general.

Como requisito necesario para la aplicación a la citada instalación del régimen especial, el promotor deberá inscribir la misma en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995, (DOG del 14), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el Art. 11 del R.D. 2366/1994, presentando la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de dicha orden.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, en su caso, la Dirección General de Industria.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación.

Santiago de Compostela, 10 de septiembre de 1998

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria