Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo, se inciaron con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio de Informes y Recursos lo que consideren conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de régimen jurídico de la administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 15 de abril de 1999.
Alberto Eiras Martínez
Jefe de Servicio de Informes y Recursos
Instructor
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Última dirección conocida -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador propuesta
-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
LU-8990-H
3326014268 A7286 Ronda das Mercedes, 42, 2º-C
270 Lugo
23-11-1998; 11.29; N-540; 1
DX-00520-I-1998
José Luis Fernández Feito
Realizar transporte privado complementario de mercancías (materiales de construcción) con el vehículo matrícula LU-8990-H, que presenta un peso total en báscula de 16.800 kilogramos, estando autorizado para un PMA de 14.200 kilográmos, lo que supone realizar transporte con un exceso de 2.600 kilogramos que representan un 18% de exceso sobre su peso máximo autorizado. El vehículo carece de la preceptiva autorización administrativa.
Art. 103 de la Ley 16/87 y Art. 158 del R.D 1211/90. Art. 200.3 del R.D. 1211/90 Art. 143 Ley 16/87, 201 R.D. 1211/90 125.000 ptas.
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