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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Martes, 27 de abril de 1999 Pág. 5.019

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV subestación de Sabón-subestación de Ferroatlántica, en el término municipal de Arteixo (A Coruña). (Expediente 98/254).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificación en Avda. de Arteixo, 171, 15008 A Coruña, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero.-Con fecha 12 de junio de 1998, la citada empresa solicita la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV desde la subestación de Sabón hasta la subestación de Ferroatlántica, discurriendo por el término municipal de Arteixo (A Coruña); acompañan el preceptivo proyecto de instalaciones a que hacen referencia los artículos 8 y 12 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente de acuerdo a lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

-Línea de alta tensión a 220 kV, de 569 m de longitud, sobre apoyos metálicos de celosía tipo made y con conductor de tipo Cóndor, de 455 mm aluminio acero, de un solo circuito, con origen en la subestación eléctrica de Sabón y final en la subestación eléctrica de Ferroatlántica, en Sabón, Arteixo.

Segundo.-La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña sometió el citado proyecto de instalaciones a trámite de información pública, siendo publicado en el DOG de 27-8-1998 y en el BOP de A Coruña del 22-8-1998 y en los tablones de anuncios del ayuntamiento de Arteixo y en el de la delegación provincial.

Tercero.-Durante el periodo en que se sometió a trámite de información pública no se formularon alegaciones.

Cuarto.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la DelegaciónProvincial de A Coruña.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo.-El proyecto cumple lo dispuesto en el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión y, en concreto, en sus artículos 5 y 6.

Tercero.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero.-Autorizar la instalación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV desde la subestación de Sabón hasta la subestación de Ferroatlántica, en el término municipal de Arteixo (A Coruña).

Segundo.-Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario, ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria