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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 20 de abril de 1999 Pág. 4.606

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 22 de enero de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de epizootias OU-S-1/1999.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, notifíquesele a la persona que en el axexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador, que también se indica, por infracción de la Ley de 20 de diciembre de 1952, sobre epizootías (BOE del 23 de diciembre), y del Reglamento de epizootias aprobado por el Decreto de 4 de febrero de 1995, modificado, entre otros, por el R.D. 1665/1976, de 7 de mayo, (BOE del 21 de junio), por el que se actualizan las sanciones, puesto que intentada la notificación, esta no pudo ser efectuada por el servicio de correos.

Se nombra instructora del procedimiento a María Isabel Biempica González, funcionaria de esta delegación. El régimen de recusación de la persona nombrada es el establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, citada.

La resolución será acordada por el delegado provincial.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días, para que pueda examinar el expediente en la delegación provincial de esta consellería en Ourense, ubicada en la calle Florentino López Cuevillas, nº 4-6 bajo, y presentar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y, en su caso, proponer prueba.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de fecha 4 de agosto de 1993 (BOE nº 189, del 9 de agosto), de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago de la sanción podrá implicar la terminación del procedimiento. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, en la dirección indicada.

Lo que se le notifica de acuerdo con la normativa anteriormente citada.

Ourense, 22 de enero de 1999.

Jose Manuel Baltar Blanco

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-S-1-1999.

Interesado: Severino Luis Blanco.

DNI: 16.214.162-J.

Ultima dirección conocida: Vilarmeao. Viana do Bolo. Ourense.

Hechos denunciados: negarse a la realización de las pruebas diagnósticas de la campaña de saneamiento ganadero correspondiente al año 1998, en el ganado ovino de su explotación. El propietario carece del libro registro de animales, y del documento CEA.

Tipificación de la infracción: artículo 113.1º del Reglamento de la Ley de epizootias.

Artículo 8.4º de la Orden de 4 de abril de 1997, que establece normas para el desarrollo de las campañas de saneamiento ganadero de las especies bovina, ovina y caprina.

Sanción: 15.000 pesetas.