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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Miercoles, 07 de abril de 1999 Pág. 3.917

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

ANUNCIO de información pública.

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 22 de febrero, aprobó inicialmente la modificación puntual del vigente Plan General de Ordenación urbana (PXOU), en el ámbito de la estación de ferrocarril (PE-11) y en los terrenos afectados por el nuevo trazado del vial de enlace Sar-Pontepedriña.

La modificación propuesta afecta a los siguientes ámbitos de planeamiento:

-Plan especial número 11 (de ordenación de accesos e infraestructuras y de dotación de centro terciario en la estación de viajeros de Renfe).

-Terrenos clasificados como no urbanizables de protección de canales (ordenanza 16 del PXOU), situados al sur de la estación de viajeros, al noroeste del río Sar, y al este de los terrenos ya edificados con frente a la calle Ulla.

-Terrenos clasificados como sistema general de espacios libres (parque urbano del Sar PU-8), adscritos al desarrollo del plan parcial del SUP-7 (Pontepedriña), y situados al este de los terrenos ya edificados con frente a la calle Ulla.

-Terrenos incluidos en el ámbito del plan especial de reforma interior de Pontepedriña (PERI-7), situados en la confluencia de las calles Ulla y Amor Ruibal (N-525).

De conformidad con lo previsto en el artículo 124.3º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia (LSG), el proyecto de modificación establece, como sistema de obtención del suelo y edificaciones necesarias para la ejecución del vial Sar-Pontepedriña en el tramo clasificado como no urbanizable, el de expropiación.

El expediente se expone al público en el Negociado de Planeamiento y Gestión por el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, al objeto de que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.

El acuerdo de aprobación inicial determina automáticamente, por aplicación de lo previsto en el artículo 34.2º de la LSG, la suspensión del otorgamiento de licencias para los usos y obras que resulten incompatibles con las determinaciones del proyecto de modificación.

contra el acto de suspensión de licencias los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, o en su caso, Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 2 de marzo de 1999.

El alcalde

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