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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Martes, 06 de abril de 1999 Pág. 3.822

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 1999 por la que se concede a la empresa Centro de Estudios Profesionales Aros C.B. la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la solicitud presentada por Alberto Martínez de Anta en representación del Centro de Estudios Profesionales Aros C.B. y la documentación anexa, en la que se solicita le sea concedida la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la instrucción técnica complementaria ITE-11 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) aprobada por R.D. 1751/1998, de 31 de julio (BOE del 5 de agosto), por la que se establecen especialidades de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria y se fija el número mínimo de horas para desarrollar los programas de los cursos teóricos y de conocimientos específicos para la obtención de los mismos.

Considerando que se cumplieron los requisitos reglamentarios establecidos.

La Dirección General de Industria

RESUELVE:

Conceder al Centro de Estudios Profesionales Aros C.B. la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, en el ámbito de la provincia de A Coruña.

La duración de los cursos en número de horas se ajustará a lo dispuesto en la ITE-11 del R.D. 1751/1998, de 31 de julio.

Para impartir los cursos, se deberá comunicar a la Dirección General de Industria y a la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña el programa, profesorado, lugar, horario y exámenes, con el fin de realizar el control correspondiente.

Esta autorización deberá renovarse a los dos años, para lo que deberá acreditar ante esta Dirección General de Industria el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Santiago de Compostela, 13 de enero de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria