Advertidos errores en la mencionada orden, publicada en el DOG nº 52, del martes, 16 de marzo de 1999, es necesario efectuar las oportunas correcciones:
-En la página 2.997, en el anexo I, en NOTAS, donde dice: «(5) Se entiende como domicilio a efectos de notificación si no se indica lo contrario», debe decir: «(4) Se entiende como domicilio a efectos de notificación si no se indica lo contrario».
-En la página 2.998, en el anexo II:
Donde dice: «Autoliquidación de regulación», debe decir: «Autoliquidación de regularización».
Donde dice: «Total; (A,+ a,+R,)», debe decir: «Total; (A +a +R)».
Donde dice: «Cantidades perdidas», debe decir: «Cantidades percibidas».
-En la página 2.999, en el anexo III:
Donde dice: «Número de abonados industriales de los que se percibieran cantidades», debe decir: «Número de abonados industriales a los que se facturaron cantidades».
Donde dice: «Número de abonados domésticos de los que se facturaron cantidades», debe decir: «Número de abonados domésticos a los que se facturaron cantidades».
Donde dice: «Uso industrial por cada contaminante», debe decir: «Uso industrial por carga contaminante».
Donde dice: «Declaración de facturaciones por cada contaminante», debe decir: «Declaración de facturaciones por carga contaminante».
-En la página 3.001, en el anexo V, donde dice: «Total en m facturados», debe decir:«Total de m facturados».
-En la página 3.002, en el anexo VI, donde dice: «Ejercicio del año», debe decir: «Ejercicio del año».