Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se le notifica al interesado el acuerdo de incoación del correspondiente expediente sancionador que, con el número que se indica, se inicia en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario, causa prevista en el artículo 5c) de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
Se designan respectivamente instructora y secretaria de estos a Clara Gómez Ruiz y Carmen Pombo Chans, concediéndoles a los interesados quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta cédula para hacer tantas alegaciones como crean oportunas en su descargo, y, en su caso, solicitar la práctica de las pruebas.
Y para que conste y le sirva de notificación al interesado de dirección desconocida y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña el 23 de febrero de 1999.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa de Área Provincial de A Coruña
ANEXO
Expediente: VP-C 4/1999.
Manuel Fachado Sayar
Urbanización Sol y Mar, bloque 11, portal 3,
Esc. 1-1º D, Oseiro-Arteixo (A Coruña).