En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación de Técnicos e Instaladores de Estaciones de Servicio de Galicia (Atiesga) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación las personas físicas y jurídicas que, en régimen de empresa se dediquen a: A) instalación, reparación o modificación de los aparatos, medios o sistemas de medida líquidos distintos del agua, destinados al suministro de carburantes y combustibles líquidos; y B) instalación electromecánica de estaciones de servicio e instalaciones para el consumo propio.
Firman el acta de constitución: César González Gamallo, y seis personas más, que actúan en nombre propio o en nombre de las empresas que representan.
Santiago de Compostela, 8 de marzo de 1999.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales