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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miercoles, 24 de marzo de 1999 Pág. 3.326

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL decreto 373/1999, de 5 de marzo, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones y servicios de la Seguridad Social en materia de asistencia y servicios sociales encomendados al Instituto Social de la Marina (ISM).

La Constitución, en el artículo 149.1.17ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas.

Por su parte, el Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 33.2º que, en materia de Seguridad Social, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. Corresponde también a la Comunidad Autónoma la gestión del régimen económico de la Seguridad Social en Galicia, sin perjuicio de la caja única.

El Real decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina, regula la estructura y funciones del Instituto Social de la Marina, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y dotado de personalidad jurídica.

El Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, establece que el instituto continuará llevando a cabo las funciones y servicios que tiene encomendados en relación con la gestión del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar, sin perjuicio de los demás que le atribuyen sus leyes reguladoras y otras disposiciones vigentes en la materia.

Por su parte, el Real decreto 581/1982, de 26 de febrero, regula la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad autónoma de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el real decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, esta comisión adoptó, en su reunión del día 16 de febrero de 1999, el oportuno acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante real decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia, a propuesta del ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia, adoptado por el Pleno en fecha 16 de febrero de 1999, por el que se concretan las funciones y servicios de la Seguridad Social que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de asistencia y servicios sociales encomendados al Instituto Social de la Marina, y que se transcribe como anexo al presente real decreto.

Artículo 2

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios, así como los bienes, derechos y obligaciones y medios personales que figuran en las relaciones adjuntas al propio acuerdo de la comisión mixta, en los términos y condiciones que allí se especifican, así como los créditos presupuestarios determinados según el procedimiento establecidos en el propio acuerdo.

Artículo 3

Los traspasos a que se refiere este real decreto tendrán efectividad a partir del día señalado en el acuerdo de la mencionada comisión mixta, sin perjuicio de que el Instituto Social de la Marina o demás órganos competentes produzcan, hasta la entrada en vigor de este real decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del acuerdo.

Disposición final

Única.-El presente real decreto se publicará simultáneamente en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, adquiriendo vigencia el día siguiente al de su publicación.

Dado en Madrid a cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

Ángel Acebes Paniagua

Ministro de Administraciones Públicas

Juan Carlos R.

ANEXO

Rosa Rodríguez Pascual y Alfonso Vaquero Marín, secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia,

CERTIFICAN:

Que en el Pleno de la Comisión Mixta, celebrado el día 16 de febrero de 1999, se adoptó un acuerdo sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones y servicios de la Seguridad Social, en materia de asistencia y servicios sociales, encomendados al Instituto Social de la Marina (ISM), en los términos que a continuación se expresan:

A) Normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso.

La Constitución, en el artículo 149.1.17ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas.

El Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 33.2º que, en materia de Seguridad Social, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. Corresponde también a la Comunidad Autónoma la gestión del régimen económico de la Seguridad Social en Galicia, sin perjuicio de la caja única.

El Real decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina, regula la estructura y funciones del Instituto Social de la Marina, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y dotado de personalidad jurídica.

El Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, establece que el Instituto Social de la Marina continuará llevando a cabo las funciones y servicios que tiene encomendados en relación con la gestión del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar, sin perjuicio de los demás que le atribuyen sus leyes reguladoras y otras disposiciones vigentes en la materia.

Finalmente, la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia y el Real decreto 581/1982, de 26 de febrero, regulan la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sobre la base de las anteriores previsiones, procede que la Comunidad Autónoma de Galicia haga efectivas sus competencias en materia de asistencia y servicios sociales de la Seguridad Social, encomendada al Instituto Social de la Marina, por lo que se procede a realizar traspasos de funciones y servicios de tal índole a la misma.

B) Funciones que asume la Comunidad Autónoma e identificación de los servicios que se traspasan.

1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia, dentro de su ámbito territorial, y en los términos del presente acuerdo y de los reales decretos y demás normas que lo hagan efectivo, las funciones y servicios que venía realizando el Instituto Social de la Marina en materia de asistencia y servicios sociales, recogidas en el artículo segundo del Real decreto 1414/1981, de 3 de julio, cuya finalidad es promover el bienestar de los trabajadores del mar y de sus familias a través de los adecuados servicios o acciones, así como la asistencia a los marinos y pescadores de la tercera edad y sus familiares.

Asimismo, asume las funciones y servicios correspondientes a la Administración del Estado y los servicios de la Seguridad Social asociados al Instituto Social de la Marina; los atribuidos a los servicios centrales de esta entidad y en particular las funciones y servicios correspondientes al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en cuanto se refieran a la dirección, organización, vigilancia, tutela e inspección de las funciones a que se refiere el párrafo anterior.

Corresponderá también a la Comunidad Autónoma de Galicia la contratación, gestión, actualización y resolución de los acuerdos con entidades e instituciones que presten servicios en la Comunidad Autónoma.

A partir de la efectividad del traspaso de estas funciones, la Comunidad Autónoma de Galicia se subrogará en los acuerdos en vigor entre el Instituto Social de la Marina y otros organismos y entidades, hasta su extinción.

Las funciones y servicios de la Seguridad Social que se traspasan por este acuerdo se sujetarán a la legislación básica del Estado en lo relativo a la determinación de los beneficiarios, requisitos e intensidad de la acción protectora y regímenes económico-financiero y económico-administrativo.

La Comunidad Autónoma de Galicia, respecto del colectivo marítimo-pesquero, se sujetará en el ejercicio de las funciones transferidas a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado español.

2. Para la efectividad de las funciones relacionadas, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia, receptora de las mismas, los servicios e instituciones

de su ámbito territorial que se detallan en las relaciones adjuntas al acuerdo.

C) Funciones que se reserva la Administración del Estado.

La Administración del Estado seguirá ejerciendo las siguientes funciones:

a) Las relaciones internacionales vinculadas a estas materias.

b) La asistencia social de los trabajadores del mar, a bordo y en el extranjero.

c) Las acciones precisas para la repatriación de tripulaciones en situaciones de abandono, apresamiento, naufragio y otras análogas.

D) Funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la de la Comunidad Autónoma.

Se desarrollarán coordinadamente entre el Instituto Social de la Marina y la Comunidad Autónoma de Galicia las siguientes funciones:

a) El intercambio de información y asistencia, así como el asesoramiento y cooperación con carácter permanente en materia de asistencia y servicios sociales de los trabajadores del mar, con arreglo a los términos que se especifiquen mediante convenio entre ambas administraciones.

b) La elaboración de estudios y proyectos conjuntos, así como la realización de propuestas tendentes al perfeccionamiento de la acción social de los trabajadores del mar y la colaboración en acciones programadas de interés general.

c) El desarrollo de los programas de informática de proyección estatal y el acceso a la información derivada de los mismos.

d) El intercambio de información sobre los conflictos laborales que puedan producirse en los centros y servicios sociales de la Seguridad Social.

e) Cualquiera otra que pueda contribuir a la mejor relación y coordinación entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia.

E) Régimen financiero y presupuestario.

a) La financiación del coste correspondiente al traspaso se asignará y efectuará por el coste real del servicio determinado sobre el prespuesto de 1998 para el Instituto Social de la Marina, correspondientes a las funciones y servicios prestados por la Administración del Estado en relación con los servicios objeto de traspaso, y que se recogen en el anexo número 3. Estos créditos serán objeto de actualización en función de los otorgados al Instituto Social de la Marina para la asistencia y servicios sociales no transferidos. Dichos créditos serán objeto de adecuación en el momento de la liquidación del ejercicio presupuestario correspondiente.

b) Los créditos que correspondan a la Comunidad Autónoma de Galicia por los servicios traspasados se pondrán a disposición de la misma, mediante tranferencias mensuales dentro de los quince primeros días de cada mes.

Dichos créditos se consignarán en el capítulo IV, artículo correspondiente a transferencias a comunidades autónomas, de los presupuestos del Instituto Social de la Marina.

c) Asimismo, la totalidad de las cargas económicas o deudas que se derivan de obligaciones cuyo devengo o generación fuese anterior a la fecha de efectividad del presente acuerdo y que no hayan sido incluidas en la liquidación del presupuesto del ejercicio correspondiente a los servicios del Instituto Social de la Marina que se transfieren, correrán a cargo de éste.

d) La Comunidad Autónoma de Galicia y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales intercambiarán la información que a efectos estadísticos se establezca.

Asimismo, la Comunidad Autónoma de Galicia facilitará al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la documentación contable relativa a los servicios transferidos en los mismos procedimientos y plazos que los aplicados actualmente en relación con los servicios transferidos en materia de Seguridad Social (Imserso, ISM y, en su caso, Insalud).

F) Bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan.

1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia los bienes, derechos y obligaciones del Instituto Social de la Marina que corresponden a los servicios traspasados.

2. En el plazo de tres meses desde la efectividad de este acuerdo, por el Gobierno se firmarán las correspondientes actas de entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable.

3. Se adscriben a la Comunidad Autónoma de Galicia los bienes patrimoniales afaectados al Instituto Social de la Marina que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta número 1.

Esta adscripción se entiende sin perjuicio de la unidad del patrimonio de la Seguridad Social, distinto del del Estado y afecto al cumplimiento de sus fines específicos, cuya titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Las obras de nueva edificación, así como las de ampliación que supongan modificación de la estructura externa sobre inmuebles o terrenos transferidos, realizadas por la Comunidad Autónoma, se integrarán definitivamente en su patrimonio, arbitrándose de mutuo acuerdo las medidas oportunas para que, conforme a la legislación civil e hipotecaria vigente, se haga efectiva la anterior finalidad. A tal efecto, podrá instrumentarse la celebración de convenios entre ambas administraciones, que asimismo podrán extenderse a la regulación de los procedimientos para la enajenación y gravamen de bienes inmuebles de titularidad de la Tesorería General de la Seguridad Social, que en todo caso requerirán del mutuo acuerdo de ambas administraciones, así como a las nuevas adscripciones y permutas entre los servicios transferidos y aquellos que aún no hayan sido objeto del traspaso y, en general, a todo cuanto convenga al mutuo interés.

En tanto no se formalice el citado convenio, las nuevas adscripciones de inmuebles, autorizadas por el Consejo de Ministros, no precisarán de formalización mediante acuerdo específico del Pleno de la Comisión Mixta. Será suficiente, para su efectividad, la firma por los representantes autorizados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma, de la correspondiente acta de puesta a disposición, de la que se remitirá un ejemplar, para su constancia, custodia y archivo, a la Secretaría de la Comisión Mixta.

G) Personal y vacantes adscritos a los servicios e instituciones que se traspasan.

1. El personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios e instituciones traspasados, y que se referencian nominalmente en la relación adjunta número 2, pasarán a depender de la Comunidad Autónoma de Galicia, en los términos legalmente previstos por el Estatuto de autonomía, y las demás normas que en cada caso resulten aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en la relación adjunta.

2. Por el Instituto Social de la Marina o demás órganos competentes en materia de personal se notificará a los interesados el traspaso. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia una copia certificada de todos los expedientes del personal traspasado, así como certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas durante 1999.

En cuanto al personal que se traspasa, y que se encuentre inmerso en algún proceso de consolidación, funcionarización o promoción iniciado, su incorporación a la Comunidad Autónoma de Galicia se realizará en los términos que resulten de la ejecución de los mismos, con arrelo a las especificaciones establecidas en el acuerdo complementario al presente traspaso.

H) Valoración de las cargas financieras de los servicios traspasados.

La valoración efectuada por la Comisión Mixta de Transferencias de los créditos presupuestarios del ejercicio 1998, que se transfieren a la Comunidad Autónoma de Galicia y que son los que se especifican en la relación adjunta número 3, asciende a un total de 327.367.000 pesetas, importe que se actualizará para 1999 y siguientes, de conformidad con lo establecido en el apartado E) a) de este acuerdo.

I) Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.

La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados, con los correspondientes inventarios, se realizarán en el plazo de tres meses desde la fecha de efectividad de este acuerdo.

J) Fecha de efectividad del traspaso.

Los traspasos de funciones y servicios objeto de este acuerdo tendrán efectividad a partir del día 1 de julio de 1999.

Y para que conste, se expide la presente certificación en Madrid, a 16 de febrero de 1999. Los secretarios de la Comisión Mixta, Rosa Rodríguez Pascual y Alfonso Vaquero Marín.

RELACIÓN Nº 1

Relación de bienes inmuebles adscritos al I.S.M. objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia por los servicios sociales

Comunidad autónoma: Galicia.

Dirección Provincial: A Coruña.

Nº Ident.Nombre y usoLocalidad y direcciónLocalización por plantas y

superficie

TitularTítulo jurídicoObservaciones

150101Casa del marA Coruña

Avda. Ramón y Cajal s/n

Baja 6ª y 7ª1.750,00Seguridad SocialAdscripción

28-1-1971

Ministerio de Economía y Hacienda
158502Casa del marAres

Avda. Saavedra Meneses

2ª259,00Seguridad SocialDerecho de vuelo y Divis. horizontal

24-11-1976

Cofradía de Pescadores
158110Casa del marO Barqueiro

Cruz, s/n

Baja, 1ª y 2ª115,92Seguridad SocialCompra-venta

23-4-1993

Particular
154106Casa del marCamelle

Campo de Area, s/n

1ª190,00Seguridad SocialCesión gratuita

18-1-1978

Particular
153009Casa del marCorme

Remedios, s/n

2ª160,00Seguridad SocialCesión gratuita

19-12-1979

Ayuntamiento de Ponteceso

19-12-09

158025Casa del marFerrol

Puerto, s/n

Baja y 1ª952,81Seguridad SocialConcesión Admtiv.

24-2-1995

Autoridad portuaria de Ferrol-San Ciprián
155212Casa del marFisterra

Cala Figueira, s/n

1ª200,00Seguridad SocialCesión gratuita

4-3-1981

Ayuntamiento de Fisterra
153113Casa del marLaxe

Juan Soto Acosta, s/n

Baja y 1ª330,68Seguridad SocialCesión gratuita

7-7-1975

Cofradía de pescadores
156114Casa del marLira Carnota

Ayuntamiento de Carnota

Semisótano, baja,

1ª y 2ª560,00

Seguridad SocialCompra-venta

18-5-1979

Arzobispado Santiago de Compostela
152215Casa del marMera

Puerto

1ª505,00Seguridad SocialCesión gratuita

11-3-1985

Cofradía de pescadores
154216Casa del marMuxía

Virxe da Barca, s/n

2ª170,00Seguridad SocialCesión gratuita

22-3-1975

Ayuntamiento de Muxía

Nº Ident.Nombre y usoLocalidad y direcciónLocalización por plantas y

superficie

TitularTítulo jurídicoObservaciones

158823Casa del marPontedeume

Avda. Saavedra Meneses, s/n

Baja50,58Cofradía de Pescadores de PontedeumeDerecho uso y habitación

17-11-1975

157220Casa del marPorto do Son

Atalaia, s/n

Sótano, baja y 1ª419,75Seguridad SocialCesión gratuita

17-2-1977

Ayuntamiento de Porto do Son ()
151021Casa del marSada

Avda do Porto, s/n

Baja145,80Seguridad SocialConcesión Admtiv.

27-9-1977

MOPTMA

()70,10 m en sótano y 231,65 m en planta baja se encuentran en trámite de cesión al Ayuntamiento de Porto do Son.

Dirección Provincial: Lugo.

Nº Ident.Nombre y usoLocalidad y direcciónLocalización por plantas y

superficie

TitularTítulo jurídicoObservaciones

272303Casa del MarBurela

Rosalía de Castro, s/n

Sótano, baja y 1ª924,25Seguridad SocialCesión gratuita

13-10-1976

Ayuntamiento de Cervo
272404Casa del MarCeleiro

Avda. Ramón Canosa, s/n

Baja y 2ª712,27Seguridad SocialConcesión Admtiv.

4-4-1975

MOPTMA
271105Casa del MarFoz

Ribeira, s/n

Baja179,93Seguridad SocialAdscripción

8-5-1980

Ministerio de Economía y Hacienda
271006Casa del MarRibadeo

Clemente Martínez Pasarón, 8

Sótano, baja y 1ª1.268,16Seguridad SocialCesión gratuita

31-7-1992

Ayuntamiento de Ribadeo
272509Casa del MarSan Cibrao

Avda. da Mariña, s/n

Sótano, baja y 1ª897,60Seguridad SocialConcesión Admtiv.

8-6-1992

MOTMA()
272607Casa del MarO Vicedo

Vías y Obras, s/n

Sótano y baja305,18Seguridad SocialCesión gratuita

10-5-1984

Ayuntamiento de O Vicedo

()46,50 m en planta baja y 12 m en planta primera cedidos al Ayuntamiento de Cervo (9-10-1992 y 23-3-1992).

Dirección Provincial: Vigo.

Nº Ident.Nombre y usoLocalidad y direcciónLocalización por plantas y

superficie

TitularTítulo jurídicoObservaciones

360101Casa del MarVigo

Avda. Beiramar, 51

Baja y 4ª1.605,34Seguridad SocialConcesión Admtiv.

13-1-1967

MOPTMA
360102Casa del MarAldán-O Hío

San Cibrán, 1

Baja y alta521,69Seguridad SocialConcesión Admtiv.

4-11-1986

MOPTMA
365003Casa del MarBaiona

Alférez Barreiro, s/n

Baja y 2ª327,77Seguridad SocialCesión gratuíta

28-2-1980

Ayuntamiento de Baiona
363004Casa del MarBueu

Montero Ríos, 18

Baja228,25Seguridad SocialAdscripción

21-12-1974

Ministerio de Hacienda
364006Casa del MarCangas

Mendez Núñez, s/n

Baja y 1ª573,12Seguridad SocialCesión gratuita

29-3-1974

Ayuntamiento de Cangas
367007Casa del MarA Guarda

Plaza San Benito, 9

2ª300,13Seguridad SocialCesión gratuita

25-10-1984

Ayuntamiento de A Guarda
362509Casa del MarMarín

Ezequiel Massoni, s/n

2ª91,66Seguridad SocialCesión gratuita

24-11-1981

Ayuntamiento de Marín
364110Casa del MarMoaña

Concepción Arenal, s/n

Baja426,00Seguridad SocialCesión Admtiv.

4-6-1986

MOPTMA
362214Casa del MarPontevedra

Mollabao, s/n

Baja59,90Seguridad SocialCesión gratuita

26-2-1981

Ayuntamiento de Pontevedra
361618Casa del MarPortonovo

Rafael Picó

Baja y alta481,00Seguridad SocialCesión Admitiv.

31-1-1990

MOPU
368015Casa del MarRedondela

Avda. Mendiño, s/n

Baja y alta344,74Seguridad SocialConcesión Admtiv.

9-8-1995

MOPTMA

Dirección Provincial: Vilagarcía de Arousa.

Nº Ident.Nombre y usoLocalidad y direcciónLocalización por plantas y

superficie

TitularTítulo jurídicoObservaciones

370101Casa del MarVilagarcía de Arousa

Avda. da Mariña, 23

Baja288,11Seguridad SocialAdscripción

3-5-1973

MOPTMA
378616Casa del MarAguiño

Carretera al Puerto, s/n

Sótano, baj y 1ª790,51Seguridad SocialCesión gratuita

27-5-1991

Cofradía de Pescadores
377303Casa del MarCabo de Cruz

Porto, 217

1ª y 2ª325,90Seguridad SocialCesión gratuita

2-12-1986

Ayuntamiento de Boiro
373104Casa del MarCambados

Avda. do Muelle, 12

Baja210,32Seguridad SocialAdscripción

12-6-1980

MOPU
377405Casa del MarCorrubedo

Plaza do Torreiro, 22

Baja y 1ª390,74Seguridad SocialCesión gratuita

22-11-1984

Asociación Vecinos As Dunas
373307Casa del MarA Illa de Arousa

Avda. da Ponte, 99

Baja360,00Seguridad SocialCesión gratuita

28-5-1984

Ayuntamiento de Vilanova de Arousa
377508Casa del MarPalmeira

Cruceiro de Cruces, 2

Soto, baja y 1ª638,48Seguridad SocialCesión gratuita

29-4-1987

Ayuntamiento de Riveira
378109Casa del MarA Pobra do Caramiñal

Castelao, 27

2ª y 3ª280,18Seguridad SocialCesión gratuita

28-11-1979

Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal
378011Casa del MarRibeira

Rúa dos Mariñeiros, 8

Baja y 1ª658,82Seguridad SocialCesión gratuita

31-10-1984

Ayuntamiento de Ribeira

RELACIÓN Nº 2

Relación nominativa de personal de asistencia y servicios sociales del Instituto Social de la Marina que se transfiere a la Comunidad Autónoma de Galicia

Dirección Provincial: A Coruña

I. Personal funcionario

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: D.L. Ferrol (A Coruña)

Verez Pérez, M. Victoria032581540Asist. socialFunc. de carreraAC2.557.380935.6523.493.032

Centro de destino: C. Mar A Coruña

Barreiro San Martín, Edelmira035960004Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.249.220714.5881.963.808

López Posada, Rosalía033712331GobernantaFunc. de carreraAC1.249.220880.9782.130.198

Sánchez Pereira, M. Carmen H.032319933Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.249.220714.5881.963.808

Centro de destino: C. Mar Lira Carnota (A Coruña)

González Senande, María Jesús033267694Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.147.020663.0121.810.032

Centro de destino: C. Mar Fisterra (A Coruña)

VacanteCamarera/Limp.C1.044.820663.0121.707.832

Centro de destino: C. Mar O Barqueiro Bares (A Coruña)

Peino Alonso, María Carmen032625204Camarera/Limp.Func. de carreraAC943.852408.3221.352.174

Centro de destino: C. Mar Muxía (A Coruña)

Blanco Blanco, Rosa076346904Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.172.570663.0121.835.582

Centro de destino: C.Mar Corme

González Vidal, María Jesús032448780Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.172.570663.0121.835.582

Dirección Provincial: A Coruña

II. Personal laboral

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: Dirección Provincial de A Coruña

Calvo Rodríguez, Isabel011430705Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

González Fernández, Ascensio011386025Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Centro de destino: D.L. Noia (A Coruña)

Rodríguez Sánchez, Marina034922942Asist. socialInterinoAC2.570.6942.570.694

Centro de destino: C. Mar A Coruña

Ourens Neira, José María032774381Ord. C.M. Hosped.Laboral fijoAC1.638.700329.3561.968.056

Rodríguez Gala, José Mario012200515Ord. C.M. Hosped.Laboral fijoAC1.638.700329.3561.968.056

VacanteCam. Limp. Ism.C1.563.408125.4961.688.904

VacanteCam. Limp. Ism.C1.563.408125.4961.688.904

Centro de destino: C. Mar Ferrol (A Coruña)

VacanteGobernantaC1.939.308188.8922.128.200

Dirección Provincial: Lugo

I. Personal funcionario

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: C. Mar Burela (Lugo)

López Posada, María033712793GobernantaFunc. de carreraAC1.198.120578.6141.776.734

Centro de destino: C. Mar Ribadeo (Lugo)

López Castaño, Elena076536781Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.172.570663.0121.835.582

Centro de destino: C. Mar Celeiro (Lugo)

Cociña Fanego, Monserrat033835320GobernantaFunc. de carreraAC1.172.570866.7402.039.310

Dirección Provincial: Lugo

II. Personal laboral

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: Dirección Local de Burela

García Gutiérrez, Joaquín011420231Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Centro de destino: C. Mar Burela (Lugo)

Caldeiro Díaz, Jorge011919030Ord. C.M. Hosp. Pt.InterinoAC1.638.700190.3921.829.092

Fernández Fernández, Delia033848067Ord. C.M. Hosped.Laboral fijoAC1.638.700329.3561.968.056

Sesar Losada, Máximo033816699Ord. C.M. Hosped.Laboral fijoAC1.638.700283.0301.921.730

Centro de destino: C. Mar Ribadeo (Lugo)

Castelao López, Ana María076565278OrdenanzaLaboral fijoAC1.563.408292.0961.855.504

Centro de destino: C. Mar Celeiro (Lugo)

Fernández Limeres, Angustias033805548Ord. C.M. Hosp. Pt.InterinoAC1.638.700190.3921.829.092

García Pico, José Antonio033834393Ord. C.M. Hosped.Laboral fixoAC1.638.700329.3561.968.056

Moliner Lavado, Hilario076165567Ord. C.M. Hosped.Laboral fijoAC1.638.700283.0301.921.730

Dirección Provincial: Vigo

I. Personal funcionario

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: Dirección Provincial de Vigo

Ruiz Gómez, María Luisa031450523J. Negoc. tipo IIFunc. de carreraAC2.353.470935.6523.289.122

Centro de destino: C. Mar A Guarda (Pontevedra)

Pérez Cividanes, María Ángeles076892433Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.147.020664.0121.810.032

Centro de destino: C. Mar Moaña (Pontevedra)

Bernárdez Lorenzo, Carmen076804122Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.172.570663.0121.835.582

Centro de destino: C. Mar Vigo (Pontevedra)

Costa Alonso, Josefa035266604Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.223.670673.3721.897.042

Grobas García, María Carmen035906010GobernantaFunc. de carreraAC1.274.770868.7142.143.484

Núñez Mayan, Victoria035926326Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.249.220663.0121.912.232

Portela Álvarez, Mercedes035266304Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.274.770675.0241.949.794

Rodríguez López, Estrella035962260Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.274.770672.6861.947.456

Dirección Provincial: Vigo

II. Personal laboral

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: Dirección Provincial de Vigo

Fidalgo Catalapiedra, Maite012326236Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Gutiérrez Izquierdo, Inmaculada012752888Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Martín Olea, Begoña012748749Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Meseguer Pérez, José Antonio005399215Asist. socialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Centro de destino: C. Mar Vigo (Pontevedra)

Canosa García, Juan José035914724Ord. C.M. Hosped.Laboral fijoAC1.638.700277.0961.915.796

Centro de destino: C. Mar Aldán (Pontevedra)

Suárez Amarelo, Óscar Luis036061700OrdenanzaLaboral fijoAC1.563.408245.7701.809.178

Dirección Provincial: Vilagarcía de Arousa

I. Personal funcionario

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: C. Mar A Pobra do Caramiñal (Vilagarcía)

Torres Martínez, Amparo076449744Camarera/Limp.Func. de carreraAC1.172.570663.0121.835.582

Dirección Provincial: Vilagarcía de Arousa

II. Personal laboral

Retribuciones

Apellidos y nombreDNIPuesto CargoClase de

nombramiento

SituaciónF.P.BásicasComplem.Total

Centro de destino: Dirección Provincial de Vilagarcía de Arousa

Díaz González, Ángela0035235738Asist. SocialLaboral fijoAC2.570.694231.6022.802.296

Vinjoy Suárez, Mercedes011409505Asist. SocialLaboral fijoAC2.570.69492.6382.663.332

Centro de destino: Casa del Mar de Corrubedo (V. de Arousa)

Suárez Antelo, Celso032783142OrdenanzaInterinoAC1.563.408153.1321.716.540

Centro de destino: Casa del Mar de Palmeira (V. de Arousa)

Fernández Rodríguez, José J.032775255OrdenanzaInterinoAC1.563.408153.1321.716.540

En el supuesto de que resulte necesario introducir adecuaciones o correcciones en la identificación de los medios personales que son objeto del traspaso, las mismas se llevarán a cabo mediante certificación expedida por la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.

RELACIÓN Nº 3

Valoración del coste del traspaso de la asistencia y los servicios sociales, a la Comunidad Autónoma de Galicia en base al presupuesto correspondiente a 1998.

(Datos en miles de pesetas)

Capítulo I155.371
Capítulo II98.301
Capítulo IV57.406
Capítulo VI21.679
Costes indirectos servicios centrales y periféricos18.145
Costes asociados en la Tesorería General de la Seguridad Social y en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales8.836
Valoración total359.738
Ingresos por servicios prestados32.371
Valoración neta del traspaso327.367