La Constitución, en el artículo 149.1.17ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas.
Por su parte, el Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 33.2º que, en materia de Seguridad Social, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. Corresponde también a la Comunidad Autónoma la gestión del régimen económico de la Seguridad Social en Galicia, sin perjuicio de la caja única.
El Real decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina, regula la estructura y funciones del Instituto Social de la Marina, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y dotado de personalidad jurídica.
El Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, establece que el instituto continuará llevando a cabo las funciones y servicios que tiene encomendados en relación con la gestión del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar, sin perjuicio de los demás que le atribuyen sus leyes reguladoras y otras disposiciones vigentes en la materia.
Por su parte, el Real decreto 581/1982, de 26 de febrero, regula la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad autónoma de Galicia.
De conformidad con lo dispuesto en el real decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, esta comisión adoptó, en su reunión del día 16 de febrero de 1999, el oportuno acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante real decreto.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia, a propuesta del ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve,
DISPONGO:
Artículo 1
Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia, adoptado por el Pleno en fecha 16 de febrero de 1999, por el que se concretan las funciones y servicios de la Seguridad Social que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de asistencia y servicios sociales encomendados al Instituto Social de la Marina, y que se transcribe como anexo al presente real decreto.
Artículo 2
En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios, así como los bienes, derechos y obligaciones y medios personales que figuran en las relaciones adjuntas al propio acuerdo de la comisión mixta, en los términos y condiciones que allí se especifican, así como los créditos presupuestarios determinados según el procedimiento establecidos en el propio acuerdo.
Artículo 3
Los traspasos a que se refiere este real decreto tendrán efectividad a partir del día señalado en el acuerdo de la mencionada comisión mixta, sin perjuicio de que el Instituto Social de la Marina o demás órganos competentes produzcan, hasta la entrada en vigor de este real decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del acuerdo.
Disposición final
Única.-El presente real decreto se publicará simultáneamente en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia, adquiriendo vigencia el día siguiente al de su publicación.
Dado en Madrid a cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
Ángel Acebes Paniagua
Ministro de Administraciones Públicas
Juan Carlos R.
ANEXO
Rosa Rodríguez Pascual y Alfonso Vaquero Marín, secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia,
CERTIFICAN:
Que en el Pleno de la Comisión Mixta, celebrado el día 16 de febrero de 1999, se adoptó un acuerdo sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones y servicios de la Seguridad Social, en materia de asistencia y servicios sociales, encomendados al Instituto Social de la Marina (ISM), en los términos que a continuación se expresan:
A) Normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso.
La Constitución, en el artículo 149.1.17ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas.
El Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, establece en su artículo 33.2º que, en materia de Seguridad Social, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado, salvo las normas que configuran el régimen económico de la misma. Corresponde también a la Comunidad Autónoma la gestión del régimen económico de la Seguridad Social en Galicia, sin perjuicio de la caja única.
El Real decreto 1414/1981, de 3 de julio, por el que se reestructura el Instituto Social de la Marina, regula la estructura y funciones del Instituto Social de la Marina, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y dotado de personalidad jurídica.
El Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, establece que el Instituto Social de la Marina continuará llevando a cabo las funciones y servicios que tiene encomendados en relación con la gestión del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar, sin perjuicio de los demás que le atribuyen sus leyes reguladoras y otras disposiciones vigentes en la materia.
Finalmente, la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía para Galicia y el Real decreto 581/1982, de 26 de febrero, regulan la forma y condiciones a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia.
Sobre la base de las anteriores previsiones, procede que la Comunidad Autónoma de Galicia haga efectivas sus competencias en materia de asistencia y servicios sociales de la Seguridad Social, encomendada al Instituto Social de la Marina, por lo que se procede a realizar traspasos de funciones y servicios de tal índole a la misma.
B) Funciones que asume la Comunidad Autónoma e identificación de los servicios que se traspasan.
1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia, dentro de su ámbito territorial, y en los términos del presente acuerdo y de los reales decretos y demás normas que lo hagan efectivo, las funciones y servicios que venía realizando el Instituto Social de la Marina en materia de asistencia y servicios sociales, recogidas en el artículo segundo del Real decreto 1414/1981, de 3 de julio, cuya finalidad es promover el bienestar de los trabajadores del mar y de sus familias a través de los adecuados servicios o acciones, así como la asistencia a los marinos y pescadores de la tercera edad y sus familiares.
Asimismo, asume las funciones y servicios correspondientes a la Administración del Estado y los servicios de la Seguridad Social asociados al Instituto Social de la Marina; los atribuidos a los servicios centrales de esta entidad y en particular las funciones y servicios correspondientes al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en cuanto se refieran a la dirección, organización, vigilancia, tutela e inspección de las funciones a que se refiere el párrafo anterior.
Corresponderá también a la Comunidad Autónoma de Galicia la contratación, gestión, actualización y resolución de los acuerdos con entidades e instituciones que presten servicios en la Comunidad Autónoma.
A partir de la efectividad del traspaso de estas funciones, la Comunidad Autónoma de Galicia se subrogará en los acuerdos en vigor entre el Instituto Social de la Marina y otros organismos y entidades, hasta su extinción.
Las funciones y servicios de la Seguridad Social que se traspasan por este acuerdo se sujetarán a la legislación básica del Estado en lo relativo a la determinación de los beneficiarios, requisitos e intensidad de la acción protectora y regímenes económico-financiero y económico-administrativo.
La Comunidad Autónoma de Galicia, respecto del colectivo marítimo-pesquero, se sujetará en el ejercicio de las funciones transferidas a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado español.
2. Para la efectividad de las funciones relacionadas, se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia, receptora de las mismas, los servicios e instituciones
de su ámbito territorial que se detallan en las relaciones adjuntas al acuerdo.
C) Funciones que se reserva la Administración del Estado.
La Administración del Estado seguirá ejerciendo las siguientes funciones:
a) Las relaciones internacionales vinculadas a estas materias.
b) La asistencia social de los trabajadores del mar, a bordo y en el extranjero.
c) Las acciones precisas para la repatriación de tripulaciones en situaciones de abandono, apresamiento, naufragio y otras análogas.
D) Funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la de la Comunidad Autónoma.
Se desarrollarán coordinadamente entre el Instituto Social de la Marina y la Comunidad Autónoma de Galicia las siguientes funciones:
a) El intercambio de información y asistencia, así como el asesoramiento y cooperación con carácter permanente en materia de asistencia y servicios sociales de los trabajadores del mar, con arreglo a los términos que se especifiquen mediante convenio entre ambas administraciones.
b) La elaboración de estudios y proyectos conjuntos, así como la realización de propuestas tendentes al perfeccionamiento de la acción social de los trabajadores del mar y la colaboración en acciones programadas de interés general.
c) El desarrollo de los programas de informática de proyección estatal y el acceso a la información derivada de los mismos.
d) El intercambio de información sobre los conflictos laborales que puedan producirse en los centros y servicios sociales de la Seguridad Social.
e) Cualquiera otra que pueda contribuir a la mejor relación y coordinación entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia.
E) Régimen financiero y presupuestario.
a) La financiación del coste correspondiente al traspaso se asignará y efectuará por el coste real del servicio determinado sobre el prespuesto de 1998 para el Instituto Social de la Marina, correspondientes a las funciones y servicios prestados por la Administración del Estado en relación con los servicios objeto de traspaso, y que se recogen en el anexo número 3. Estos créditos serán objeto de actualización en función de los otorgados al Instituto Social de la Marina para la asistencia y servicios sociales no transferidos. Dichos créditos serán objeto de adecuación en el momento de la liquidación del ejercicio presupuestario correspondiente.
b) Los créditos que correspondan a la Comunidad Autónoma de Galicia por los servicios traspasados se pondrán a disposición de la misma, mediante tranferencias mensuales dentro de los quince primeros días de cada mes.
Dichos créditos se consignarán en el capítulo IV, artículo correspondiente a transferencias a comunidades autónomas, de los presupuestos del Instituto Social de la Marina.
c) Asimismo, la totalidad de las cargas económicas o deudas que se derivan de obligaciones cuyo devengo o generación fuese anterior a la fecha de efectividad del presente acuerdo y que no hayan sido incluidas en la liquidación del presupuesto del ejercicio correspondiente a los servicios del Instituto Social de la Marina que se transfieren, correrán a cargo de éste.
d) La Comunidad Autónoma de Galicia y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales intercambiarán la información que a efectos estadísticos se establezca.
Asimismo, la Comunidad Autónoma de Galicia facilitará al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la documentación contable relativa a los servicios transferidos en los mismos procedimientos y plazos que los aplicados actualmente en relación con los servicios transferidos en materia de Seguridad Social (Imserso, ISM y, en su caso, Insalud).
F) Bienes, derechos y obligaciones del Estado que se traspasan.
1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia los bienes, derechos y obligaciones del Instituto Social de la Marina que corresponden a los servicios traspasados.
2. En el plazo de tres meses desde la efectividad de este acuerdo, por el Gobierno se firmarán las correspondientes actas de entrega y recepción de mobiliario, equipo y material inventariable.
3. Se adscriben a la Comunidad Autónoma de Galicia los bienes patrimoniales afaectados al Instituto Social de la Marina que se recogen en el inventario detallado de la relación adjunta número 1.
Esta adscripción se entiende sin perjuicio de la unidad del patrimonio de la Seguridad Social, distinto del del Estado y afecto al cumplimiento de sus fines específicos, cuya titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las obras de nueva edificación, así como las de ampliación que supongan modificación de la estructura externa sobre inmuebles o terrenos transferidos, realizadas por la Comunidad Autónoma, se integrarán definitivamente en su patrimonio, arbitrándose de mutuo acuerdo las medidas oportunas para que, conforme a la legislación civil e hipotecaria vigente, se haga efectiva la anterior finalidad. A tal efecto, podrá instrumentarse la celebración de convenios entre ambas administraciones, que asimismo podrán extenderse a la regulación de los procedimientos para la enajenación y gravamen de bienes inmuebles de titularidad de la Tesorería General de la Seguridad Social, que en todo caso requerirán del mutuo acuerdo de ambas administraciones, así como a las nuevas adscripciones y permutas entre los servicios transferidos y aquellos que aún no hayan sido objeto del traspaso y, en general, a todo cuanto convenga al mutuo interés.
En tanto no se formalice el citado convenio, las nuevas adscripciones de inmuebles, autorizadas por el Consejo de Ministros, no precisarán de formalización mediante acuerdo específico del Pleno de la Comisión Mixta. Será suficiente, para su efectividad, la firma por los representantes autorizados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma, de la correspondiente acta de puesta a disposición, de la que se remitirá un ejemplar, para su constancia, custodia y archivo, a la Secretaría de la Comisión Mixta.
G) Personal y vacantes adscritos a los servicios e instituciones que se traspasan.
1. El personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios e instituciones traspasados, y que se referencian nominalmente en la relación adjunta número 2, pasarán a depender de la Comunidad Autónoma de Galicia, en los términos legalmente previstos por el Estatuto de autonomía, y las demás normas que en cada caso resulten aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en la relación adjunta.
2. Por el Instituto Social de la Marina o demás órganos competentes en materia de personal se notificará a los interesados el traspaso. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia una copia certificada de todos los expedientes del personal traspasado, así como certificados de haberes referidos a las cantidades devengadas durante 1999.
En cuanto al personal que se traspasa, y que se encuentre inmerso en algún proceso de consolidación, funcionarización o promoción iniciado, su incorporación a la Comunidad Autónoma de Galicia se realizará en los términos que resulten de la ejecución de los mismos, con arrelo a las especificaciones establecidas en el acuerdo complementario al presente traspaso.
H) Valoración de las cargas financieras de los servicios traspasados.
La valoración efectuada por la Comisión Mixta de Transferencias de los créditos presupuestarios del ejercicio 1998, que se transfieren a la Comunidad Autónoma de Galicia y que son los que se especifican en la relación adjunta número 3, asciende a un total de 327.367.000 pesetas, importe que se actualizará para 1999 y siguientes, de conformidad con lo establecido en el apartado E) a) de este acuerdo.
I) Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.
La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados, con los correspondientes inventarios, se realizarán en el plazo de tres meses desde la fecha de efectividad de este acuerdo.
J) Fecha de efectividad del traspaso.
Los traspasos de funciones y servicios objeto de este acuerdo tendrán efectividad a partir del día 1 de julio de 1999.
Y para que conste, se expide la presente certificación en Madrid, a 16 de febrero de 1999. Los secretarios de la Comisión Mixta, Rosa Rodríguez Pascual y Alfonso Vaquero Marín.
RELACIÓN Nº 1
Relación de bienes inmuebles adscritos al I.S.M. objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia por los servicios sociales
Comunidad autónoma: Galicia.
Dirección Provincial: A Coruña.
superficie
Nº Ident. Nombre y uso Localidad y dirección Localización por plantas y
Titular Título jurídico Observaciones
Avda. Ramón y Cajal s/n
28-1-1971 Avda. Saavedra Meneses
24-11-1976 Cruz, s/n
23-4-1993 Campo de Area, s/n
18-1-1978 Remedios, s/n
19-12-1979 19-12-09 Puerto, s/n
24-2-1995 Cala Figueira, s/n
4-3-1981 Juan Soto Acosta, s/n
7-7-1975 Ayuntamiento de Carnota 1ª y 2ª560,00 18-5-1979 Puerto
11-3-1985 Virxe da Barca, s/n
22-3-1975150101 Casa del mar A Coruña
Baja 6ª y 7ª1.750,00 Seguridad Social Adscripción
Ministerio de Economía y Hacienda 158502 Casa del mar Ares
2ª259,00 Seguridad Social Derecho de vuelo y Divis. horizontal
Cofradía de Pescadores 158110 Casa del mar O Barqueiro
Baja, 1ª y 2ª115,92 Seguridad Social Compra-venta
Particular 154106 Casa del mar Camelle
1ª190,00 Seguridad Social Cesión gratuita
Particular 153009 Casa del mar Corme
2ª160,00 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Ponteceso
158025 Casa del mar Ferrol
Baja y 1ª952,81 Seguridad Social Concesión Admtiv.
Autoridad portuaria de Ferrol-San Ciprián 155212 Casa del mar Fisterra
1ª200,00 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Fisterra 153113 Casa del mar Laxe
Baja y 1ª330,68 Seguridad Social Cesión gratuita
Cofradía de pescadores 156114 Casa del mar Lira Carnota
Semisótano, baja,
Seguridad Social Compra-venta
Arzobispado Santiago de Compostela 152215 Casa del mar Mera
1ª505,00 Seguridad Social Cesión gratuita
Cofradía de pescadores 154216 Casa del mar Muxía
2ª170,00 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Muxía
superficie
Nº Ident. Nombre y uso Localidad y dirección Localización por plantas y
Titular Título jurídico Observaciones
Avda. Saavedra Meneses, s/n
17-11-1975 Atalaia, s/n
17-2-1977 Avda do Porto, s/n
27-9-1977
158823 Casa del mar Pontedeume
Baja50,58 Cofradía de Pescadores de Pontedeume Derecho uso y habitación
157220 Casa del mar Porto do Son
Sótano, baja y 1ª419,75 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Porto do Son () 151021 Casa del mar Sada
Baja145,80 Seguridad Social Concesión Admtiv.
MOPTMA
()70,10 m en sótano y 231,65 m en planta baja se encuentran en trámite de cesión al Ayuntamiento de Porto do Son.
Dirección Provincial: Lugo.
superficie
Nº Ident. Nombre y uso Localidad y dirección Localización por plantas y
Titular Título jurídico Observaciones
Rosalía de Castro, s/n
13-10-1976 Avda. Ramón Canosa, s/n
4-4-1975 Ribeira, s/n
8-5-1980 Clemente Martínez Pasarón, 8
31-7-1992 Avda. da Mariña, s/n
8-6-1992 Vías y Obras, s/n
10-5-1984
272303 Casa del Mar Burela
Sótano, baja y 1ª924,25 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Cervo 272404 Casa del Mar Celeiro
Baja y 2ª712,27 Seguridad Social Concesión Admtiv.
MOPTMA 271105 Casa del Mar Foz
Baja179,93 Seguridad Social Adscripción
Ministerio de Economía y Hacienda 271006 Casa del Mar Ribadeo
Sótano, baja y 1ª1.268,16 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Ribadeo 272509 Casa del Mar San Cibrao
Sótano, baja y 1ª897,60 Seguridad Social Concesión Admtiv.
MOTMA() 272607 Casa del Mar O Vicedo
Sótano y baja305,18 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de O Vicedo
()46,50 m en planta baja y 12 m en planta primera cedidos al Ayuntamiento de Cervo (9-10-1992 y 23-3-1992).
Dirección Provincial: Vigo.
superficie
Nº Ident. Nombre y uso Localidad y dirección Localización por plantas y
Titular Título jurídico Observaciones
Avda. Beiramar, 51
13-1-1967 San Cibrán, 1
4-11-1986 Alférez Barreiro, s/n
28-2-1980 Montero Ríos, 18
21-12-1974 Mendez Núñez, s/n
29-3-1974 Plaza San Benito, 9
25-10-1984 Ezequiel Massoni, s/n
24-11-1981 Concepción Arenal, s/n
4-6-1986 Mollabao, s/n
26-2-1981 Rafael Picó
31-1-1990 Avda. Mendiño, s/n
9-8-1995360101 Casa del Mar Vigo
Baja y 4ª1.605,34 Seguridad Social Concesión Admtiv.
MOPTMA 360102 Casa del Mar Aldán-O Hío
Baja y alta521,69 Seguridad Social Concesión Admtiv.
MOPTMA 365003 Casa del Mar Baiona
Baja y 2ª327,77 Seguridad Social Cesión gratuíta
Ayuntamiento de Baiona 363004 Casa del Mar Bueu
Baja228,25 Seguridad Social Adscripción
Ministerio de Hacienda 364006 Casa del Mar Cangas
Baja y 1ª573,12 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Cangas 367007 Casa del Mar A Guarda
2ª300,13 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de A Guarda 362509 Casa del Mar Marín
2ª91,66 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Marín 364110 Casa del Mar Moaña
Baja426,00 Seguridad Social Cesión Admtiv.
MOPTMA 362214 Casa del Mar Pontevedra
Baja59,90 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Pontevedra 361618 Casa del Mar Portonovo
Baja y alta481,00 Seguridad Social Cesión Admitiv.
MOPU 368015 Casa del Mar Redondela
Baja y alta344,74 Seguridad Social Concesión Admtiv.
MOPTMA
Dirección Provincial: Vilagarcía de Arousa.
superficie
Nº Ident. Nombre y uso Localidad y dirección Localización por plantas y
Titular Título jurídico Observaciones
Avda. da Mariña, 23
3-5-1973 Carretera al Puerto, s/n
27-5-1991 Porto, 217
2-12-1986 Avda. do Muelle, 12
12-6-1980 Plaza do Torreiro, 22
22-11-1984 Avda. da Ponte, 99
28-5-1984 Cruceiro de Cruces, 2
29-4-1987 Castelao, 27
28-11-1979 Rúa dos Mariñeiros, 8
31-10-1984370101 Casa del Mar Vilagarcía de Arousa
Baja288,11 Seguridad Social Adscripción
MOPTMA 378616 Casa del Mar Aguiño
Sótano, baj y 1ª790,51 Seguridad Social Cesión gratuita
Cofradía de Pescadores 377303 Casa del Mar Cabo de Cruz
1ª y 2ª325,90 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Boiro 373104 Casa del Mar Cambados
Baja210,32 Seguridad Social Adscripción
MOPU 377405 Casa del Mar Corrubedo
Baja y 1ª390,74 Seguridad Social Cesión gratuita
Asociación Vecinos As Dunas 373307 Casa del Mar A Illa de Arousa
Baja360,00 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Vilanova de Arousa 377508 Casa del Mar Palmeira
Soto, baja y 1ª638,48 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Riveira 378109 Casa del Mar A Pobra do Caramiñal
2ª y 3ª280,18 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal 378011 Casa del Mar Ribeira
Baja y 1ª658,82 Seguridad Social Cesión gratuita
Ayuntamiento de Ribeira
RELACIÓN Nº 2
Relación nominativa de personal de asistencia y servicios sociales del Instituto Social de la Marina que se transfiere a la Comunidad Autónoma de Galicia
Dirección Provincial: A Coruña
I. Personal funcionario
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: D.L. Ferrol (A Coruña)
Verez Pérez, M. Victoria032581540Asist. social Func. de carrera A C 2.557.380 935.652 3.493.032
Centro de destino: C. Mar A Coruña
Barreiro San Martín, Edelmira035960004Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.249.220 714.588 1.963.808
López Posada, Rosalía033712331Gobernanta Func. de carrera A C 1.249.220 880.978 2.130.198
Sánchez Pereira, M. Carmen H.032319933Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.249.220 714.588 1.963.808
Centro de destino: C. Mar Lira Carnota (A Coruña)
González Senande, María Jesús033267694Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.147.020 663.012 1.810.032
Centro de destino: C. Mar Fisterra (A Coruña)
VacanteCamarera/Limp. C 1.044.820 663.012 1.707.832
Centro de destino: C. Mar O Barqueiro Bares (A Coruña)
Peino Alonso, María Carmen032625204Camarera/Limp. Func. de carrera A C 943.852 408.322 1.352.174
Centro de destino: C. Mar Muxía (A Coruña)
Blanco Blanco, Rosa076346904Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.172.570 663.012 1.835.582
Centro de destino: C.Mar Corme
González Vidal, María Jesús032448780Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.172.570 663.012 1.835.582
Dirección Provincial: A Coruña
II. Personal laboral
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: Dirección Provincial de A Coruña
Calvo Rodríguez, Isabel011430705Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
González Fernández, Ascensio011386025Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Centro de destino: D.L. Noia (A Coruña)
Rodríguez Sánchez, Marina034922942Asist. social Interino A C 2.570.694 2.570.694
Centro de destino: C. Mar A Coruña
Ourens Neira, José María032774381Ord. C.M. Hosped. Laboral fijo A C 1.638.700 329.356 1.968.056
Rodríguez Gala, José Mario012200515Ord. C.M. Hosped. Laboral fijo A C 1.638.700 329.356 1.968.056
VacanteCam. Limp. Ism. C 1.563.408 125.496 1.688.904
VacanteCam. Limp. Ism. C 1.563.408 125.496 1.688.904
Centro de destino: C. Mar Ferrol (A Coruña)
VacanteGobernanta C 1.939.308 188.892 2.128.200
Dirección Provincial: Lugo
I. Personal funcionario
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: C. Mar Burela (Lugo)
López Posada, María033712793Gobernanta Func. de carrera A C 1.198.120 578.614 1.776.734
Centro de destino: C. Mar Ribadeo (Lugo)
López Castaño, Elena076536781Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.172.570 663.012 1.835.582
Centro de destino: C. Mar Celeiro (Lugo)
Cociña Fanego, Monserrat033835320Gobernanta Func. de carrera A C 1.172.570 866.740 2.039.310
Dirección Provincial: Lugo
II. Personal laboral
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: Dirección Local de Burela
García Gutiérrez, Joaquín011420231Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Centro de destino: C. Mar Burela (Lugo)
Caldeiro Díaz, Jorge011919030Ord. C.M. Hosp. Pt. Interino A C 1.638.700 190.392 1.829.092
Fernández Fernández, Delia033848067Ord. C.M. Hosped. Laboral fijo A C 1.638.700 329.356 1.968.056
Sesar Losada, Máximo033816699Ord. C.M. Hosped. Laboral fijo A C 1.638.700 283.030 1.921.730
Centro de destino: C. Mar Ribadeo (Lugo)
Castelao López, Ana María076565278Ordenanza Laboral fijo A C 1.563.408 292.096 1.855.504
Centro de destino: C. Mar Celeiro (Lugo)
Fernández Limeres, Angustias033805548Ord. C.M. Hosp. Pt. Interino A C 1.638.700 190.392 1.829.092
García Pico, José Antonio033834393Ord. C.M. Hosped. Laboral fixo A C 1.638.700 329.356 1.968.056
Moliner Lavado, Hilario076165567Ord. C.M. Hosped. Laboral fijo A C 1.638.700 283.030 1.921.730
Dirección Provincial: Vigo
I. Personal funcionario
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: Dirección Provincial de Vigo
Ruiz Gómez, María Luisa031450523J. Negoc. tipo II Func. de carrera A C 2.353.470 935.652 3.289.122
Centro de destino: C. Mar A Guarda (Pontevedra)
Pérez Cividanes, María Ángeles076892433Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.147.020 664.012 1.810.032
Centro de destino: C. Mar Moaña (Pontevedra)
Bernárdez Lorenzo, Carmen076804122Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.172.570 663.012 1.835.582
Centro de destino: C. Mar Vigo (Pontevedra)
Costa Alonso, Josefa035266604Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.223.670 673.372 1.897.042
Grobas García, María Carmen035906010Gobernanta Func. de carrera A C 1.274.770 868.714 2.143.484
Núñez Mayan, Victoria035926326Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.249.220 663.012 1.912.232
Portela Álvarez, Mercedes035266304Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.274.770 675.024 1.949.794
Rodríguez López, Estrella035962260Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.274.770 672.686 1.947.456
Dirección Provincial: Vigo
II. Personal laboral
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: Dirección Provincial de Vigo
Fidalgo Catalapiedra, Maite012326236Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Gutiérrez Izquierdo, Inmaculada012752888Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Martín Olea, Begoña012748749Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Meseguer Pérez, José Antonio005399215Asist. social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Centro de destino: C. Mar Vigo (Pontevedra)
Canosa García, Juan José035914724Ord. C.M. Hosped. Laboral fijo A C 1.638.700 277.096 1.915.796
Centro de destino: C. Mar Aldán (Pontevedra)
Suárez Amarelo, Óscar Luis036061700Ordenanza Laboral fijo A C 1.563.408 245.770 1.809.178
Dirección Provincial: Vilagarcía de Arousa
I. Personal funcionario
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
Centro de destino: C. Mar A Pobra do Caramiñal (Vilagarcía)
Torres Martínez, Amparo076449744Camarera/Limp. Func. de carrera A C 1.172.570 663.012 1.835.582
Dirección Provincial: Vilagarcía de Arousa
II. Personal laboral
Retribuciones
nombramiento
Apellidos y nombreDNIPuesto Cargo Clase de
Situación F.P. Básicas Complem. Total
En el supuesto de que resulte necesario introducir adecuaciones o correcciones en la identificación de los medios personales que son objeto del traspaso, las mismas se llevarán a cabo mediante certificación expedida por la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.
Centro de destino: Dirección Provincial de Vilagarcía de Arousa
Díaz González, Ángela0035235738Asist. Social Laboral fijo A C 2.570.694 231.602 2.802.296
Vinjoy Suárez, Mercedes011409505Asist. Social Laboral fijo A C 2.570.694 92.638 2.663.332
Centro de destino: Casa del Mar de Corrubedo (V. de Arousa)
Suárez Antelo, Celso032783142Ordenanza Interino A C 1.563.408 153.132 1.716.540
Centro de destino: Casa del Mar de Palmeira (V. de Arousa)
Fernández Rodríguez, José J.032775255Ordenanza Interino A C 1.563.408 153.132 1.716.540
RELACIÓN Nº 3
Valoración del coste del traspaso de la asistencia y los servicios sociales, a la Comunidad Autónoma de Galicia en base al presupuesto correspondiente a 1998.
(Datos en miles de pesetas)
Capítulo I 155.371 Capítulo II 98.301 Capítulo IV 57.406 Capítulo VI 21.679 Costes indirectos servicios centrales y periféricos 18.145 Costes asociados en la Tesorería General de la Seguridad Social y en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 8.836 Valoración total 359.738 Ingresos por servicios prestados 32.371 Valoración neta del traspaso 327.367