En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y para los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos del Sindicato Traballadores Públicos de Galicia que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer al referido sindicato los trabajadores de la Administración central, autonómica o local de la Comunidad Autónoma gallega, que tengan interés en defender, organizar y representar los intereses de dichos trabajadores y sean admitidos por la junta directiva.
Firman el acta de constitución: Margarita Varela Sánchez, y cinco personas más.
Santiago de Compostela, 24 de febrero de 1999.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales