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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Martes, 16 de marzo de 1999 Pág. 3.020

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la ampliación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Feiraco, S.L., en el municipio de Ames, provincia de A Coruña. (Expediente 18790).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Feiraco, S.C.L., con domicilio a efectos de notificaciones en Ponte Maceira, s/n, Negreira (A Coruña), resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 19 de septiembre de 1996, esta dirección general resolvió autorizar administrativamente a la empresa Feiraco, S.C.L. la construcción de una planta de cogeneración de 2.300 kW de potencia en sus instalaciones del término municipal de Ames (A Coruña) e incluirla en el régimen especial creado por el R.D. 2366/1994, de 9 de diciembre sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables.

Segundo.-Con fecha 11 de febrero de 1998, esta dirección general resolvió reconocer el régimen especial de producción de energía eléctrica creado por el citado R.D. 2366/1994, a la ampliación de la mencionada planta en 5.000 kW, entendiéndose incluida esta ampliación en el régimen establecido por el R.D. 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración, en los términos que dispone el apartado 3 del artículo 2 de dicho texto normativo.

Tercero.-Con fecha 1 de julio de 1998, la empresa Feiraco, S.C.L. solicita la autorización administrativa de la referida planta de cogeneración, cuyas características básicas serán las siguientes:

-Dos motores, de 3.788 kW c/u, alimentados por gas natural; dos generadores síncronos trifásicos, de 3.655 kW c/u, con una tensión de generación de 6kV.

-Dos transformadores de 4,5 MVA c/u, relación de transformación 6/66 kV.

-Instalaciones complementarias de aprovechamiento de calor, de baja tensión, regulación, control e interconexión con la línea eléctrica de la compañía distribuidora.

Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó Resolución de 13 de agosto de 1998 por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG del 1-9-1998 y en el BOP de A Coruña del 31-8-1998, sin que se presentase en el período legalmente establecido para ello alegación alguna.

Quinto.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña y cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y con las demás que le son de aplicación.

Fundamentos de derecho

Primero.-La Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, ya citados.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas

RESUELVE:

Autorizar la ampliación de la planta de cogeneración a la empresa Feiraco, S.C.L., a situar en sus instalaciones del término municipal de Ames, en la provincia de A Coruña.

Cualquier modificación de las instalaciones autorizadas requerirá una nueva solicitud de autorización administrativa, de acuerdo con lo indicado en el artículo 17.4º del Real decreto 1775/1967, de 22 de julio, que fija el régimen de instalación, ampliación y traslado de las industrias en general.

Como requisito necesario para la aplicación a la citada instalación del régimen especial, el promotor deberá solicitar de esta dirección general la adscripción de la ampliación de la misma a alguno de los grupos definidos en el artículo 2.1º del R.D. 2818/1998 y realizar la inscripción definitiva de la misma en el Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995 (DOG del 14 de julio), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 12 del referido R.D. 2818/1998, presentando la documentación que figure en las instrucciones que dicte esta dirección general en desarrollo de dicha orden.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, si es el caso, la Dirección General de Industria.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario

ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación.

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria y Comercio