Examinado el expediente incoado por el centro privado Rapaciños de Ribeira en solicitud de cese de actividades del segundo ciclo de educación infantil en dicho centro,
Resultando que el mencionado centro privado obtuvo, por Orden de 1 de abril de 1993, la autorización excepcional y transitoria para una unidad del segundo ciclo de educación infantil,
Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla,
Visto el informe favorable de la Delegación Provincial de A Coruña,
Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,
DISPONE:
Autorizar el cese de actividades del segundo ciclo de educación infantil al centro privado que se relaciona en el anexo de la presente orden.
Santiago de Compostela, 18 de febrero de 1999.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO
Provincia de A Coruña
Código del centro: 15022051.
Ayuntamiento: A Coruña.
Localidad: Ribeira.
Dirección: Mariño de Ribeira, 19.
Denominación: Rapaciños.
Titular: María del Pilar Molina Golderos.
Autorización de cese de actividades do segundo ciclo de educación infantil.