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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miercoles, 24 de febrero de 1999 Pág. 2.103

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

CÉDULA de notificación del acuerdo de incoación del expediente sancionador 57.4/1998, por presunta infracción a la legislación de costas, de nombramiento de instructor y secretario del mismo, y de adopción de medidas provisionales; así como del pliego de cargos formulado por el instructor.

De conformidad con el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo I, el acuerdo de la delegación de esta consellería en Pontevedra, por el que se ordena la incoación del expediente sancionador por los hechos señalados, presumiblemente constitutivos de una infracción a la Ley 22/1988, de costas (en lo sucesivo L.C.), y de su reglamento (en lo sucesivo R.C.); nombrándose instructor a Alfonso Fernández Fernández y secretario a Alfonso Santiago Domínguez, ambos funcionarios del Servicio Provincial de Costas de esta delegación provincial, y se adoptan las medidas provisionales especificadas.

Los nombramientos del instructor y del secretario podrán ser impugnados por las causas establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

En virtud del anterior acuerdo, el instructor del expediente formuló pliego de cargos del que se relacionan en el anexo II los preceptos infringidos, sancionadores y la posible cuantía de la sanción por los hechos imputados, disponiendo el expedientado de un plazo de diez (10) días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para formular alegaciones y proponer, en su caso, la práctica de aquellas pruebas que estime pertinentes para la determinación de los hechos, tal como dispone el artículo 194.8º del Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley de costas, aprobado por el Real decreto 1471/1989 y modificado por los reales decretos 1112/1992 y 1771/1994 (en adelante R.C.).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2º del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de no presentar alegaciones dentro del plazo señalado, el acuerdo de incoación, en relación con el pliego de cargos formulado por el instructor, se considerará propuesta de resolución.

Pontevedra, 21 de enero de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO I

Expediente número: 57.4/98.

Denunciada: Gloria Sampedro Reiriz.

Condición: promotora.

Último domicilio conocido: A Illa de Ons, casa nº 23, 36390 Bueu.

Fecha del acuerdo: 26-11-1998.

Hechos: cierre de una terraza existente.

Lugar: A Illa de Ons.

Ayuntamiento: Bueu.

Circuntancias modificativas: si el presunto infractor corrige en un plazo de quince (15) días la situación creada por los hechos que son objeto de este expediente, podrá reducirse hasta la mitad la cuantía de la multa que puidera imponerse, según los artículos 97.3º de la L.C. y 187.1º del R.C.

ANEXO II

Preceptos infringidos: artículos 25.1º a), 25.2º y 26.1º de la L.C. y Arts. 45.1º a), 46.1º y 48.1º del R.C.

Preceptos sancionadores: Art. 90 c) de la L.C. y Art. 174 c) del R.C.

Cualificación y cuantía de la posible sanción: Arts. 91.2º e) y 97.1º de la L.C. y Arts. 175.2º e) y 183 b) en relación con el artículo 184 del R.C., pudiendo recaer una multa del 25% del valor de las obras ejecutadas.