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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 23 de febrero de 1999 Pág. 2.038

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 12 de enero de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 97/230-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidade pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se detalla:

Solicitante: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.

Domicilio social: García Barbón, 38, 36201 Vigo.

Título: L.M.T., C.T., R.B.T. Ponte Freixeira (Polígono I).

Situación: Ayuntamiento de Forcarei.

Características técnicas: L.M.T. aéreo subterránea, a 20 kV, de 209 m de longitud el tramo aéreo, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos metálicos y de hormigón, y 15 m de longitud el tramo subterránea, con conductor tipo R.H.V., desde un apoyo s/n de la L.M.T. Gaxín-Soutelo, finalizando en el paso aéreo subterráneo de la L.M.T. al C.T. de Ponte Freixeiro, Ayutamiento de Forcarei. C.T. de 250 kVA, relación de transformación 20 kV-380/220 V. R.B.T., aéreo subterránea, de 50 m longitud el tramo aéreo, con conductor tipo R.Z., sobre apoyos de hormigón, y 15 m de longitud el tramo subterráneo, con conductor tipo R.V.

Resultando que realizada la información pública y la notificación individual a cada uno de los afectados, la propietaria de la finca número 1 presenta alegaciones con fecha de entrada de 29-7-1998, comunicando que no está de acuerdo con la trayectoria de la línea lo que ya había expresado ante la Delegación de Industria en fecha de 26-11-1997, presentando informe técnico y plano de trazado alternativo.

Trasladadas las alegaciones a Unión Eléctrica-Fenosa, S.A. ésta contesta que no tiene incoveniente en estudiar sobre el terreno la alternativa propuesta. Después de haber trasladado a la alegante la copia del escrito de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., ésta nos comunica en fecha 22-10-1998 que la empresa no se puso en contacto con ella, lo que posteriormente la empresa eléctrica niega diciendo que el 9-9-1998 realizaron una visita al terreno, estando presente la afectada con otros vecinos, así como el técnico que firmó la propuesta alternativa. La empresa eléctrica dice que en aquella reuniuón se aclararon todas las dudas y se les indicó los motivos por los cuales la traza propuesta por la afectada no era viable, por causar nuevas afecciones.

Que en inspección realizada el día 17-12-1998, por facultativo de esta delegación, se comprobó que la

traza del proyecto de la línea no está sujeta a las prohibiciones y limitaciones de los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, y que la traza propuesta sobrevuela un parque, lo que originaría el corte de varias robles y afectaría igualmente a varias fincas, lo que implicaría conseguir nuevos permisos de paso, por lo que no se considera viable la solución propuesta.

Consierando que las fincas afectadas no están sujetas a las prohibiciones y limitaciones de los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, y el contenido del informe antes mencionado.

Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los capítulos II y IV de los decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas, esta delegación provincial

RESUELVE:

Autorizar, declarar, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgencia ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condicones técnicas y de seguridad establecidas en lo reglamentos de aplicación, y en los concidionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en los expedientes.

Esta resolución es susceptible de recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes.

Pontevedra, 12 de enero de 1999.

Carmen Bianchi Valcarce

Delegada provincial de Pontevedra

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