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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 23 de febrero de 1999 Pág. 2.037

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 1998, de la Dirección General de Industria, por la que se concede a Fondo Formación la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la solicitud presentada por Vicente Martínez Graña en representación de Fondo Formación y la documentación anexa, en la que se solicita le sea concedida la calificación de entidad reconocida para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.

Vista la instrucción técnica complementaria ITE 11 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) aprobada por R.D. 1751/1998, de 31 de julio (BOE del 5 de agosto), por la que se establecen especialidades de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria y se fija el número mínimo de horas para desarrollar los programas de los cursos teóricos y de conocimientos específicos para la obtención de los mismos.

Considerando que se cumplieron los requisitos reglamentarios establecidos.

La Dirección General de Industria

RESUELVE:

Conceder a Fondo Formación la calificación de entidad reconocida para impartir los cursos teórico-prácticos para la obtención de los carnés profesionales de instalador y mantenedor-reparador de instalaciones

de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La duración de los cursos en número de horas se ajustará a lo dispuesto en la ITE 11 del R.D. 1751/1998, de 31 de julio.

Para impartir los cursos, se deberá comunicar a la Dirección General de Industria y a la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de la provincia correspondiente el programa, profesorado, lugar, horario y exámenes con el fin de realizar el control correspondiente.

Esta autorización deberá renovarse a los dos años, para lo que deberá acreditar ante la Dirección General de Industria el cumplimiento de los requisitos exigidos en la autorización inicial.

Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 1998.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria