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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 18 de febrero de 1999 Pág. 1.824

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 26 de enero de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Viguesa de Transportes, S.A. (Vitrasa).

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Viguesa de Transportes, S.A. (Vitrasa), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 22-1-1999, suscrito en representación de la parte económica por la dirección de la empresa, y de la parte social, por el comité de empresa, en fecha 12-5-1998. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto

2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 26 de enero de 1999.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Tablas 1999

Antigüedad

Categorías

Sueldo o

salario

Plus de

convenio

Quebrto.

D.C. Her.

Bolsa

Vacac.

Plus de

Vacac.

Horas

extras

Bienio

Quinq.

Grat.

Trans.

Extra de

marzo

Extra de

julio y Navidad

-Personal de movimiento
25 Jefe tráfico 2ª3.7261.59461442.6091.2711.260174349614133.746136.755
07 Inspector3.5531.53658140.5801.2111.196167331614127.447130.315
19 Conductor-perceptor3.3171.45261437.7901.1251.150152305614117.413120.055
26 Conductor3.07193933418.267597974143286614105.805108.186
Cobrador2.9428309414.22548681813827361494.32996.451

-Personal de administración
02 Jefe sección144.7061.67961445.4621.3581.4186.40912.818614159.778163.373
03 Jefe negociado132.4261.59861443.0901.2751.3625.91211.824614147.873151.200
04 Oficial 1ª111.9041.45261437.7901.1251.1965.12610.253614128.616131.510
05 Oficial 2ª100.9891.17450528.4518381.1504.7139.425614114.167116.736
06 Auxiliar 1ª88.7999399118.2675978184.1318.264614102.310104.612
31 Auxiliar 2ª64.9386156913.6964466143.0986.19761476.73078.456

-Personal de taller
08 Jefe taller144.7061.67961445.4621.3581.4186.40912.818614159.778163.373
09 Contramaestre124.5651.58661442.2531.2631.3055.57111.141614140.612143.776
10 Jefe equipo3.7271.53661440.5791.2111.196167331614127.447130.315
11 Oficial 1ª3.3171.45261437.7901.1251.150152305614117.413120.055
12 Oficial 2ª3.1331.17459828.4508381.072146291614107.350109.765
13 Oficial 3ª3.07193933418.267597974143286614105.804108.185
14 Mozo2.9428309414.22548681813827361499.451101.689