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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 15 de febrero de 1999 Pág. 1.691

VI. ANUNCIOS

OTROS ANUNCIOS

FUNDACIÓN PÚBLICA ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA

ACUERDO de 1 de febrero de 1999 por el que se convoca un curso de diplomados en sanidad.

El marco de colaboración entre la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y el Sergas, por una parte,

y la Fundación Pública Escuela Gallega de Administración Sanitaria (FEGAS), por la otra, tiene por objeto el diseño conjunto y la ejecución por la FEGAS del plan de formación y reciclaje profesional sanitaria de todos los trabajadores, tanto de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales como del Sergas.

Entre las distintas acciones docentes a ejecutar, se encuentra la edición 1999 del Curso de Diplomado en Sanidad, promovido por la Dirección General de Salud Pública y organizado por la Escuela Gallega de Administración Sanitaria.

Los contenidos del curso se adaptan a las actuales directrices de la Escuela Nacional de Sanidad para su convocatoria, organización y acreditación.

En efecto, los profesionales profesionales sanitarios deben tener una visión comunitaria de los problemas individuales de salud, razón por la que, sin perder de vista los aspectos diagnósticos y terapéuticos en la práctica clínica, habrán de considerarse también los problemas de salud que transcienden al propio individuo para convertirse en una cuestión de interés comunitario.

En tal sentido, en el curso se proporcionan a los participantes las bases conceptuales y las técnicas de análisis e intervención propias de la salud pública, con el objeto de permitirles enmarcar sus actividades profesionales dentro de las estrategias globales de la Comunidad Autónoma de Galicia, de forma que constituya un punto de partida que permita continuar una posterior profundización y ampliación de los conocimientos en estas materias.

Por todo esto, la Escuela Gallega de Administración Sanitaria convoca el curso con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.-Se convoca un Curso de Diplomado en Sanidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, organizado y dirigido por la Escuela Gallega de Administración Sanitaria y acreditado por la Escuela Nacional de Sanidad, que tiene por objeto la formación a nivel básico, en materia de salud pública, de los profesionales sanitarios.

Segunda.-1. El Curso de Diplomado en Sanidad tendrá una duración de 200 horas acreditadas, de las que 150 horas tendrán carácter presencial, agrupadas en 6 módulos temáticos, y las 50 horas restantes corresponden a la ejecución y presentación de un trabajo de campo relacionado con el contenido del curso, que será valorado en la evaluación y acreditación formativa del alumnado.

2. El curso se desarrollará conforme al siguiente programa docente:

Módulo 1: introducción al concepto de salud. Sistema Nacional de Salud. Determinantes de la salud y de la enfermedad.

Módulo 2: sistemas de información sanitaria e indicadores de salud.

Módulo 3: métodos y técnicas para el estudio, identificación y análisis de problemas de salud.

Módulo 4: planificación y programación sanitarias.

Módulo 5: organización sanitaria y políticas de salud.

Módulo 6: intervención: programas de promoción y protección de la salud y prevención de la enfermedad.

Módulo 7: trabajo práctico.

3. Sin perjuicio de la elaboración del calendario definitivo del curso, las actividades docentes de carácter presencial se realizarán entre los meses de abril y junio de 1999, generalmente en las tardes de los jueves, los viernes por la mañana y por la tarde y los sábados por la mañana de cada semana, debiéndose tener finalizado el proceso de evaluación y certificación de los participantes en el mes de noviembre de 1999.

4. El director del curso será nombrado por la Escuela Gallega de Administración Sanitaria a propuesta de la Dirección General de Salud Pública.

Tercera.-1. El número máximo de participantes en el curso será de 40, con la siguiente distribución:

a) 23 plazas se reservarán para facultativos sanitarios que presten sus servicios en instituciones sanitarias del Sergas.

b) 5 plazas se reservarán para profesionales de enfermería que presten sus servicios en instituciones sanitarias del Sergas.

c) Las 12 plazas restantes se reservarán para profesionales sanitarios titulados superiores o de grado medio, que presten sus servicios en centros directivos o unidades administrativas de servicios sanitarios de Galicia.

2. El coste de los derechos de inscripción en el curso y de certificación de créditos ascenderá a la cantidad de 60.000 pesetas por participante, que deberán ingresarse a favor de la Escuela Gallega de Administración Sanitaria en la forma que se determine.

Cuarta.-1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.

2. Los interesados en ser admitidos al curso dirigirán las solicitudes a la Escuela Gallega de Administración Sanitaria, utilizando el modelo de instancia que se podrá recoger en la propia escuela, en la Dirección General de Salud Pública o en las delegaciones provinciales de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

3. De existir más solicitudes que plazas, la selección de los aspirantes al curso se hará por una comisión formada por representantes de la Dirección General de Salud Pública e de la Escuela Gallega de Administración Sanitaria.

4. El criterio para la selección de aspirantes será el de mayor antigüedad de servicios prestados en la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, en el Sergas o en otra institución sanitaria del Sistema Nacional de Salud, computándose indistintamente tanto los servicios prestados con carácter temporal como con carácter fijo.

5. Las certificaciones, en las que conste el vínculo jurídico y la antigüedad, deberán ser emitidas por los servicios de personal de las instituciones que corresponda.

Quinta.-1. La comisión de selección elevará propuesta a la dirección de la Escuela Gallega de Administración Sanitaria, que acordará la relación de admitidos al curso. El citado acuerdo se publicará en los tablones de anuncios de la propia escuela, en el de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, en el de la Dirección General de Salud Pública y en los de las delegaciones provinciales de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, pudiendo interponer reclamación en el plazo de cinco días naturales a contar desde el día de su exposición al público. Transcurrido dicho plazo y vistas las reclamaciones presentadas, la dirección de la escuela acordará el listado definitivo de admitidos.

2. Los aspirantes admitidos abonarán los derechos de inscripción dentro del plazo de 10 días naturales desde dicha publicación definitiva, en la forma que en ella se determine.

Sexta.-1. La asistencia a las actividades docentes presenciales es obligatoria, permitiéndose un máximo de 15 horas de ausencia justificadas.

2. Al final del curso los participantes serán evaluados con una prueba objetiva individualizada sobre los contenidos del curso.

3. Los trabajos prácticos que van a realizar los aspirantes deberán ser propuestos, para su aprobación, a la dirección del curso.

4. La prueba objetiva y el trabajo práctico serán evaluados por un tribunal, en el que estarán representadas la Dirección General de Salud Pública, la Escuela Nacional de Sanidad y la Escuela Gallega de Administración Sanitaria.

5. En el caso de que en la calificación del tribunal resultase no apto, el alumnado tendrá derecho a la realización de una nueva prueba objetiva individualizada, coincidente con la del próximo curso que se convoque.

6. Finalizada la actuación del tribunal, se confeccionará la relación de aptos y se expedirán los correspondientes diplomas por la Escuela Nacional de Sanidad.

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 1999.

Javier Bouzada Romero

Director de la Escuela Gallega de Administración Sanitaria