Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 15, del 25 de enero de 1999, debe procederse a su rectificación:
En la página 808, en el punto 6.2 «Criterios generales de selección», debe quedar suprimido el último párrafo que dice:
«Como criterio complementario, la comisión podrá tener en cuenta el interés de la investigación a realizar para el desarrollo socioeconómico de Galicia».
En la página 816, y por lo que se refiere a las especialidades correspondientes a la familia profesional de la «sanidad», debe quedar de la siguiente forma:
Familias profesionales:
-Sanidad.
Especialidad:
-Dietética.
-Documentación sanitaria (14 h.).
-Higiene bucodental (14 h.) privada.
-Salud ambiental.