Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadra, se le notifica a los interesados las propuestas de los correspondientes expedientes sancionadores, con los núemros que se indican, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario, causa prevista en el artículo 5.C de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción la instructora del expediente propone la sanción de multa de 200.000 ptas. sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Conforme a lo establecido en el artículo 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad snacionadora, dese traslado a los interesados concediéndoles un plazo de 15 días para formular alegaciones en trámite de audiencia y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes. La presente propuesta no es susceptible de recurso.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 8 de enero de 1999.
Rosa Gallego Neira
Jefe de área provincial accidental de A Coruña
ANEXO
VP-C 8/98.
Jesús Blanco Fernández y herederos.
C/ Blanco Amor, 12, bloque 6, P-9, 4º D (Santiago de Compostela).