Visto el expediente incoado por Dolores Padín Ochoa y Mª Rosa Padín Ochoa, en el que solicitan el cambio de dominio mortis-causa de la batea de cultivo de mejillón denominado San Cayetano XIV, otorgado por la orden ministerial de 3-5-1971, situado en la cuadrícula nº 2, del polígono H de O Grove, finalizando la concesión el 12-5-2001 y del que eran titulares Carmen Ochoa Padín y Juan Padín Lijo.
Teniendo en cuenta lo informado por el Servicio Técnico-Jurídico y de conformidad con lo señalado en el artículo 59.3º de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y 10.1º del Decreto 406/1996, y considerando que al expediente figuran unidos el certificado de defunción de Carmen Ochoa Padín, la
certificación del Registro de últimas voluntades, el testamento, la relación de bienes, la escritura de partición hereditaria y la documentación acreditativa de la presentación al pago o pago del impuesto de sucesiones y donaciones, esta consellería tuvo a bien acceder a lo solicitado, declarando titular de la concesión administrativa y de la batea de que se trata, en las mismas condiciones que las expresamente consignadas en la orden ministerial de otorgamiento, a favor de Dolores Padín Ochoa (76.851.545) y María Rosa Padín Ochoa (76.855.205).
Las nuevas titulares se subrogan en el plazo, derechos y obligaciones de los anteriores, así como quedan obligadas a observar las disposiciones en vigor sobre este particular.
Vigo, 2 de diciembre de 1998.
P.D. (Orden de 27-6-1990, DOG 134/10-7-1990)
Rosa Mª Quintana Carballo
Delegada territorial de Pontevedra