Con fecha 17 de diciembre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 10 de diciembre de 1998 por la que se clasifica como mixta la Fundación Castro-Rial, adscribiéndola a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, que tendrá que ejercer plenamente el protectorado sobre ella.
La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Corcubión, el día 6 de octubre de 1998, ante la notaria María Isabel Fitera García, con el número ochocientos diez de su protocolo, por Marcelo Castro-Rial Canosa, Manuel Vázquez Formoso, María del Carmen Furelos Gaiteiro, Isidro Caamaño Trillo, Marcelo Castro-Rial Schuler y Enrique José Castro-Rial Schuler, que intervienen todos en su propio nombre, haciéndolo además Marcelo Castro-Rial Canosa en nombre y representación de Perfecto Castro-Rial Schuler.
Esta fundación, al amparo de lo establecido en el artigo 6 de sus estatutos, tiene por objeto y finalidad, entre otros, la docencia en niveles infantil, primaria, secundaria, así como formación profesional y tecnológica.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34.12º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y según lo establecido en los articulos 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y 32.3º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamento del protectorado de las fundaciones de interés gallego,
DISPONGO:
Artículo único.
1. Declarar de interés gallego a la Fundación Castro-Rial al cumplir sus estatutos las prescripciones que a tal efecto señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.
2. Ordenar la inscripción de la Fundación Castro-Rial en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, a los efectos constitutivos
que señala la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 14 de enero de 1999.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia
y Administración Pública