Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miercoles, 13 de enero de 1999 Pág. 399

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CORTEGADA

EDICTO.

El Pleno incluyó la oferta de empleo público de este ayuntamiento para el año 1998 y aprobó las bases en la sesión ordinaria celebrada el día 10 de octubre de 1998. Se convoca el concurso-oposición libre para la provisión en propiedad de una plaza de administrativo de Administración general conforme a las bases al tenor literal siguiente:

Bases que regirán la convocatoria para la provisión en propiedad por acceso libre, mediante el sistema

de concurso-oposición, de una plaza de administrativo de Administración general de este ayuntamiento.

Primera.-Objeto.

El objeto de esta convocatoria es la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de administrativo de Administración general de este ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 1998. La plaza está encuadrada en la escala de Administración general, subescala administrativa, perteneciente al grupo C, conforme con lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

La convocatoria se publicará íntegramente en el BOP y en el DOG, se anunciará un extracto de ella en el BOE. Los sucesivos anuncios se publicarán solamente en el BOP.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachillerato, formación profesional de segundo grado, tener superadas las pruebas de acceso para mayores de 25 años, o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No estar separado del servicio de alguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.

Todos los requisitos deberán de poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tercera.-Solicitudes.

Las instacias por la que se solicita tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al alcalde y se presentarán en el registro general del ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.

Las instancias también se podrán presentar en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En las instancias se hará constar, expresamente, que el solicitante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Asimismo, junto con la instancia, los interesados presentarán la documentación acreditativa de los méritos, que se valorarán en la fase de concurso (originales o fotocopias compulsadas), ya que no se tomarán en cuenta ni se valorarán aquellos que no queden debidamente acreditados en todos sus puntos, en el momento de presentación de la instancia, y resguardo de tener abonados los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 2.000 (dos mil) pesetas.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el alcalde aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos que se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, concediendo un plazo de diez días hábiles a los efectos de reclamaciones. Si las hubiera, serán aceptadas o desestimadas en la resolución que apruebe la lista definitiva, que será, del mismo modo, publicada en la forma indicada.

En la resolución que apruebe la lista definitiva el alcalde determinará el lugar, la hora y la fecha del comienzo de los ejercicios y la composición del tribunal calificador.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal que juzgue las pruebas estará compuesto del siguiente modo:

Presidente: el alcalde de la corporación o miembro de esta en quien delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario de esta en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Xunta de Galicia.

Dos funcionarios de carrera nombrados por el presidente de la corporación.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes, y se hará pública en el BOP y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, a los efectos de recusación.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de por lo menos tres de sus miembros, titulares o suplentes. En todo caso, se requiere la asistencia del presidente y del secretario o de las personas en las que deleguen.

El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios, limitándose los referidos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. El tribunal queda facultado para la valoración de dichas asesorías.

Sexta.-Comienzo y desarrollo de las pruebas.

Las pruebas selectivas no podrán comenzar hasta que transcurran dos meses deste la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. El día, la hora y el lugar de celebración del concurso y la oposición se anunciará en el BOP. La publicación de los sucesivos anuncios la hará el tribunal en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

Séptima.-Sistema de selección.

La selección se hará mediante concurso-oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición.

a) En la fase de concurso se valorarán los méritos presentados por los aspirantes, hasta un máximo de 12 puntos, segun el siguiente baremo:

1. Conocimientos informáticos: cursos de informática impartidos por organismos oficiales sobre informática de gestión municipal, tratamiento de textos,

bases de datos, hojas de cálculo o cualquier otro curso de informática: 1 punto por curso, hasta un máximo de 5 puntos.

2. Antigüedad: por cada año completo de servicio en el mismo grupo, en cualquier Administración pública: 1 punto, hasta un máximo de 4 puntos.

3. Conocimiento de lengua gallega: cursos impartidos por la Administración pública o centros oficiales de formación:

-Curso básico o equivalente: 0,50 puntos.

-Curso medio o equivalente: 1 punto.

-Curso superior (curso de especialización en lenguaje administrativo gallego para la Administración local, diploma de traductor especializado en lenguaje administrativo gallego) o equivalente: 2 puntos.

Solo se puntuará el curso acreditado de mayor nivel.

4. Cursos de formación: de duración igual o superior a 20 horas lectivas y tendrán que estar relacionados con la actividad administrativa y ser impartidos por administraciones públicas o centros oficiales de formación: 0,25 puntos por curso, con un máximo de 1 punto.

Esta fase no tendrá caracter eliminatorio ni se podrá tener en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

b) Fase de oposición: consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

1. Contestar por escrito, en el plazo máximo de una hora y media, un test de 60 preguntas, basadas en el contenido del programa anexo. El test se calificará de forma matemática, se asignará puntuación positiva a los aciertos y negativa a los errores, no se cumputarán las que se dejen en blanco.

2. Realización, en el plazo máximo de una hora, de uno o varios supuestos prácticos, propuestos por el tribunal, en relación con el programa anexo y que podrán consistir en ejercicios de caracter informático.

3. Traducir, en el tiempo máximo de 30 minutos, del idioma castellano al gallego, un texto facilitado por el tribunal.

Octava.-Calificación.

Los ejercicos serán obligatorios y eliminatorios. Se calificarán hasta un máximo de 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. El número de puntos que podrá otorgar cada miembro del tribunal será de 0 a 10, y la calificación de cada aspirante será el resultado de dividir por el número de componentes del tribunal la suma de los puntos obtenidos. La calificación definitiva del concurso-oposición será el resultado de sumar las puntuaciones otorgadas por el tribunal en cada uno de los ejercicios que componen la fase de oposición, más la puntuación resultante en la fase de concurso.

Novena.-Relación de aprobados, presentación de documentación y nombramiento.

Acabadas las pruebas, el tribunal publicará la relación de aprobados, que no podrá ser superior al número

de plazas convocadas y elevará la propuesta, con carácter vinculante, junto al acta de la última sesión, a la Comisión de Gobierno, para que formule el nombramiento pertinente.

El aspirante propuesto presentará en la secretaría del ayuntamiento, en en plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, la documentación acreditativa de reunir los requisitos señalados en la base segunda.

Décima.-Toma de posesión.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el opositor nombrado tomará posesión de su cargo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en el que le fuese notificado el nombramiento. En caso contrario, sin que mediase causa justificada, quedará en la situación de cesante.

Undécima.-Incidencias.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma en que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que se pudiesen presentar y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en aquellos aspectos no previstos en las presentes bases.

Para lo no previsto en la convocatoria, se aplicará lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Reglamento general de ingreso en la Administración pública y demás disposiciones concordantes de aplicación.

Cortegada, 30 de noviembre de 1998.

Enrique Carpintero Araújo

Alcalde

ANEXO

Programa de temas

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización territorial del Estado en la Constitución.

Tema 4. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

Tema 5. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 6. El poder judicial en la Constitución. La organización judicial española.

Tema 7. La Administración central del Estado. El presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. La Administración periférica del Estado.

Tema 8. Las comunidades autónomas. Constitución y competencias. Los estatutos de autonomía.

Tema 9. La Comunidad Autónoma de Galicia. El Estatuto de autonomía. La Administración autonómica: organización y estructura básica.

Tema 10. Las fuentes del derecho administrativo. Sometimiento de la Administración a la ley y el derecho. La ley: clases.

Tema 11. El reglamento: clases. Otras fuentes del derecho administrativo.

Tema 12. El procedimiento administrativo. Principios generales. Dimensión temporal: días y horas hábiles, cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 13. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Los actos presuntos.

Tema 14. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.

Tema 15. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Validación. Revisión de oficio.

Tema 16. Los recursos administrativos. Clases. Recursos ordinarios y de revisión. Las reclamaciones económico-administrativas.

Tema 17. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia a los interesados.

Tema 18. Las formas de actividad administrativa. El fomento. La policía.

Tema 19. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa.

Tema 20. El régimen local español. Principios constitucionales y regulación actual. La autonomía local.

Tema 21. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 22. El municipio. El término municipal. La población. Empadronamiento municipal.

Tema 23. La organización municipal. El municipio: el alcalde, el Pleno, la Comisión de Gobierno y las comisiones informativas. Competencias.

Tema 24. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos, constitución. Votación. Actos y certicados de acuerdos.

Tema 25. Estructuras supramunicipales. Las mancomunidades de municipios. La comarca.

Tema 26. Las ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos. Régimen de sesiones y de acuerdos de los órganos locales.

Tema 27. El procedimiento administrativo en la esfera local. Registro de entrada y de salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 28. Las formas de actividades de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Régimen jurídico de las licencias.

Tema 29. Los bienes de las entidades locales. Regulación. Concepto y clasificación. El dominio público local.

Tema 30. El patrimonio de las entidades locales. Conservación y tutela de los bienes.

Tema 31. El servicio público. Los modos de gestión.

Tema 32. La contratación administrativa en la esfera local.

Tema 33. La función pública local. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. La selección de los funcionarios de la corporación.

Tema 34. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Régimen económico. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Referencia al personal laboral.

Tema 35. La hacienda local. Ordenanzas fiscales. Clasificación de los ingresos.

Tema 36. Los presupuestos locales. Concepto y estructura. Formación y aprobación. Las modificaciones presupuestarias.

Tema 37. Régimen jurídico del gasto público local, ordenación de gastos y orden de pagos, órganos competentes. Documentos contables.

Tema 38. Control y fiscalización de la gestión económica. Control interno y control externo. La cuenta general: estados y anexos que la forman. Aprobación.

Tema 39. Libros de contabilidad. Obligatoriedad y requisitos. La apertura de la contabilidad.

Tema 40. El planeamiento urbanístico. Clases de planos. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 41. Intervención en la edificación y uso del suelo. La licencia urbanística. Protección de la legalidad urbanística. Infracciones urbanísticas.

11416