Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Martes, 12 de enero de 1999 Pág. 351

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 1 de septiembre de 1998 por la que se otorga a Aurora Pérez Barreiro permiso de actividad para un centro regulador de crustáceos, en el establecimiento denominado A Taberna de Carril, en O Carril, Vilagarcía de Arousa.

Visto el expediente iniciado a instancia de Aurora Pérez Barreiro que solicita permiso de actividad para un centro regulador de crustáceos en las instalaciones del bar A Taberna de Carril, que posee en la localidad de O Carril, Vilagarcía de Arousa.

Teniendo en cuenta que el expediente se tramitó conforme a derecho.

Teniendo en cuenta los informes que obran en el expediente, así como la propuesta de la Delegación

Territorial de Vigo de 17-12-1997, previo informe del Servicio Técnico-Jurídico, esta consellería resuelve:

Otorgar a Aurora Pérez Barreiro (DNI 35.419.306), permiso de actividad para la puesta en funcionamiento y explotación del siguiente establecimiento:

-Establecimiento auxiliar de acuicultura: centro regulador de crustáceos.

-Situación: Bar A Taberna de Carril, calle Xalda nº 3 bajo, O Carril, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

-Especies: buey (Cancer pagurus), cangrejo (Carcinus maenas), centolla (Maja squinado), langosta (Palinurus elephas), bogavante (Homarus gammarus), nécora (Macropipus puber).

-Superficies:

Dominio público: no ocupa.

Dominio privado: 13 m.

Superficie estabulación: 3 piscinas que hacen un total de 13 m.

El permiso de actividad se otorga bajo las siguientes condiciones:

Primera.-Tendrá una vigencia de diez años que se contarán a partir de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia; podrá ser prorrogado discrecionalmente a petición del interesado, presentada en los sesenta (60) días anteriores al fin de la vigencia, por plazos iguales de otros diez años.

Segunda.-El emplazamiento y las obras de la instalación del establecimiento se ajustarán a los planos y proyecto presentados. El titular del permiso de actividad deberá dar comienzo a las obras en un plazo de seis (6) meses, que se contarán desde la publicación en el DOG de la presente orden y quedarán finalizadas en el plazo de un (1) año.

Finalizadas las obras, el titular lo comunicará a la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura en Vigo, a los efectos de practicar la inspección de estas, de las que se emitirá el correspondiente informe.

Tercera.-El establecimiento cumplirá lo dispuesto en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, en el Decreto 286/1996, de 4 de julio, por el que se crea la figura del centro regulador de crustáceos como nuevo tipo de establecimiento auxilliar de acuicultura, en la Orden de 16 de octubre de 1996 sobre centros reguladores de crustáceos, así como la demás normativa vigente aplicable a este tipo de establecimientos.

Cuarta.-El titular contrae la obligación de mantener en buen estado las instalaciones. Estas no se podrán alquilar ni ser destinadas a usos distintos de los propios de este tipo de establecimientos. Bajo ningún concepto se podrán modificar las instalaciones sin permiso expreso de esta consellería.

Quinta.-El permiso de actividad al que se refiere esta orden se extinguirá en los casos previstos en el artículo 72 de la Ley 6/1993 y en el artículo 6 del Decreto 193/1997 señalados.

Sexta.-El otorgamiento del permiso de actividad no exime a su titular de la obtención de las licencias, permisos y autorizaciones que de acuerdo con la legislación vigente sean procedentes.

Séptima.-El interesado justificará el abono a la Hacienda Pública del impuesto que grava las concesiones y autorizaciones administrativas (transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) o a la oficina liquidadora correspondiente.

Contra la presente resolución que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dous (2) meses, que se contarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 1998.

P.D. (Orde 17-12-1997, DOG nº 246, del 22)

Juan José Álvarez Pérez

Secretario general de la Consellería de Pesca,

Marisqueo y Acuicultura

11657