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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 252 Jueves, 31 de diciembre de 1998 Pág. 13.932

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (215/1998).

Yo, Gonzalo Jorge Cabaleiro de Saa, secretario de la Administración de justicia con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de Santiago de Compostela, certifico:

Que en el libro de sentencias dictadas por este juzgado en procedimientos civiles obra la recaída en los autos de juicio separación número 215/1998, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En la ciudad de Santiago de Compostela a treinta de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

Francisco Javier Míguez Poza, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de Santiago de Compostela y su partido, ha visto los presente autos de proceso de familia, sobre separación, seguidos en este juzgado bajo el número 215/1998, a instancia de José Manuel López Castro, representado por la procuradora Sánchez Silva y defendido por el letrado García Seara contra Silaydis Mairene García Noguera declarada en rebeldía procesal.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda de separación interpuesta por José Manuel López Castro, representado por la procuradora Sánchez Silva, contra Silaydis Mairene García Noguera, declarada en rebeldía procesal, declarando la separación de dichos cónyuges, con los demás efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento y sin hacer imposición de las costas procesales.

Una vez firme la presente resolución, anótese en el Registro Civil correspondiente.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña, en el plazo de cinco días desde la notificación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, la pronuncio, mando y firmo».

La sentencia preinserta fue publicada en el mismo día de su fecha por el magistrado-juez que la suscribe; y para que conste y para que sirva de notificación en forma a la demandada en situación procesal de rebeldía, Silaydis Mairene García en paradero desconocido, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela a trece de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Rubricado