Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Lunes, 14 de diciembre de 1998 Pág. 13.322

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 20 de noviembre de 1998 por la que se declara extinguida la concesión administrativa de granja marina sita en Reventón, Beluso, Bueu, titularidad de Rodaballos de Beluso, S.A.

Visto el expediente de caducidad instruido a la licencia y concesión administrativa de la granja marina sita en Reventón, Beluso, Bueu (Pontevedra) de la que es titular Rodaballos de Beluso, S.A.

Resultando que con fecha 19-1-1998 fue ordenado por la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de Vigo el inicio del expediente de caducidad de la referida licencia y concesión por incumplir las normas que regulan el título habilitante, por el cese de la actividad de cultivo por un período superior a los dos años del vencimiento del plazo establecido para la puesta en explotación, sin causa de fuerza mayor.

Resultando que el acuerdo del inicio del expediente de caducidad y el nombramiento de instructor y secretario de dicho expediente fue remitido al interesado con fecha 30-1-1998, y no se realizaron alegaciones al respecto.

Resultando que la propuesta de resolución le fue enviada al interesado el 26-3-1998, y que tampoco formularon alegaciones dentro del plazo establecido para ello.

Considerando que según informe de fecha 10-7-1996, de los inspectores de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, el establecimiento no se encontraba en explotación, encontrándose que no hay construcción alguna, estando en venta la parcela siendo esta la causa de caducidad considerada en el artículo 72 a) y d) de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG del 31 de mayo).

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; el Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1998, de 28 de julio, de costas; Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia y demás disposiciones de pertinente aplicación.

Esta consellería, a la vista de la propuesta de resolución emitida por el instructor del expediente, acuerda, en el ejercicio de sus atribuciones y competencias, extinguir la licencia y concesión administrativa de la granja marina titularidad de Rodaballos de Beluso, S.A., que tiene las siguientes características:

Establecimiento: granja marina.

Especie: rodaballo.

Situación: ría de Aldán, Reventón, Beluso, Bueu (Pontevedra).

Superficie:

Nave: 20,7 x 12,80=265 m.

Edificio: 14,30 x 06,00=86 m.

Casetas G.E. y cuadros: 07,00 x 03,00=21 m.

Total: 372 m.

Nº unidades tanquesSuperficie útil total

820,35

10119,30

24843,60

Total: 983,22 m.

Ocupación de dominio público Z.M.T. para toma y desagüe de agua de mar:

Toma de agua del mar: 46,00 x 01,50=69 m.

Desagüe: 23,00 x 00,70=16 m.

Total: 85 m.

Orden de otorgamiento: 11-9-1990 (D0G nº 200, del 10 de octubre).

Fin de la vigencia: 10-10-2000.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en el artículo 57 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 1998.

P.D. (Orden 17-12-1997,

DOG nº 246, del 22-12-1997)

Juan José Álvarez Pérez

Secretario general de la Consellería de Pesca,

Marisqueo y Acuicultura