Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno con fecha 29 de octubre de 1998, la modificación puntual de la norma en el ámbito de Vilanova-Alada, que tiene por finalidad la reclasificación como suelo no urbanizable de núcleo rural de una superficie de 13.029 m, actualmente clasificada como suelo no urbanizable de especial protección de espacios naturales, se somete a información pública, por un período de un mes, a efectos de reclamaciones, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anun
cio en el DOG, de conformidad con lo estipulado por el artículo 42 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia.
Cangas, 6 de noviembre de 1998.
Euloxio López Gutiérrez
Alcalde